SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/VERGARA
Rol
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Que en estos antecedentes en alzada la jueza a-quo, resolvió de plano la solicitud de la demandante de folio 14, de la carpeta de cumplimiento incidental y atendido que se trata en la especie de una incidencia en cuanto se refiere a la forma de pago ordenado en la sentencia correspondía que se diera traslado dando así cumplimiento a principios del debido proceso como es el de la bilateralidad de la audiencia. En virtud de lo anterior y actuando de oficio esta Corte de conformidad a lo previsto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto la resolución apelada de veinte de mayo de este año, de folio 15, que no hizo lugar a lo solicitado por la demandante, y en su lugar se declara que un juez no inhabilitado deberá resolver, como en derecho corresponda, la solicitud de folio 14 presentada por la demandante. Atendido el mérito de lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento respecto a la apelación deducida. Devuélvase. N°Civil-1387-2024.
Fallo
se declara que un juez no inhabilitado deberá resolver, como en derecho corresponda, la solicitud de folio 14 presentada por la demandante. Atendido el mérito de lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento respecto a la apelación deducida. Devuélvase. N°Civil-1387-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCA/luc Concepción, tres de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Que en estos antecedentes en alzada la jueza a-quo, resolvió de plano la solicitud de la demandante de folio 14, de la carpeta de cumplimiento incidental y atendido que se trata en la especie de una incidencia en cuanto se refiere a la forma de pago ordenado en la sentencia correspon
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica