SIN INFORMACION

PEÑALOZA/ISAPRE VIDA TRES S.A.

Rol

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Mauricio Duque González, en representación de doña Constanza Andrea Peñaloza Vidal, e interpone recurso de protección en contra de Isapre VIDA TRES S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la exclusión de cobertura por preexistencia, y que, a su juicio, afecta las garantías constitucionales consagradas en los N° 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 25 de octubre de 2023 suscribió un contrato de salud previsional con la recurrida, adscribiéndose al plan de salud individual denominado MAS VIDATRES PLUS 67/2308, que incluía prestaciones hospitalarias y cirugía mayor ambulatoria con bonificación del 100% sin tope en Clínica Dávila y Clínica Dávila Vespucio, y prestaciones ambulatorias con bonificación del 90% sin tope en las mismas clínicas y en Vidaintegra. Refiere que el 16 de noviembre de 2023, consultó a un otorrinolaringólogo en la Clínica Dávila Recoleta por dificultad respiratoria y, tras realizarse una rinomanometría, se le diagnosticó desviación del tabique nasal con obstrucción nasal crónica secundaria a desviación septal oclusiva. Consecuente con ello, el médico ordenó su hospitalización para realizar un procedimiento quirúrgico ambulatorio, bajo los códigos relativos a rinoplastia y/o septoplastía. Explica que la septoplastia está enfocada en la corrección del tabique nasal desviado y la rinoplastia supone la modificación de la forma de la nariz por razones estéticas. Argumenta que es necesario realizar ambos procedimientos para solucionar completamente el problema funcional sin descuidar el aspecto estético. Refiere que, a pesar de que el procedimiento completo correspondía a una rinoseptoplastia con injerto costal, el médico separó los aspectos funcionales y estéticos del procedimiento, lo que obligó a la recurrente a asumir personalmente el pago de la intervención considerada estética en la Clínica Dávila Recoleta. Comenta que l

Fundamentos

motivos precedentes, la presente acción de cautela constitucional no puede prosperar, motivo por el cual se procederá a su rechazo, como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta por doña Constanza Andrea Peñaloza Vidal en contra de Isapre VIDA TRES S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-12607-2024. En Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 24: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Mauricio Duque González, en representación de doña Constanza Andrea Peñaloza Vidal, e interpone recurso de protección en contra de Isapre VIDA TRES S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la exclusión de co

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica