JUZGADO DE FAMILIA CALAMA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Teniendo presente que la resolución recurrida de fecha siete de junio del año en curso, es aquella que hace efectivo el apercibimiento y declara el abandono del procedimiento en demanda de alimento, cuya naturaleza jurídica no es otra que una sentencia interlocutoria, cuyo plazo de apelación conforme así lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento civil es de cinco días, y habiéndose interpuesto el recurso de apelación subsidiario con fecha catorce de junio del corriente, se colige que el recurso interpuesto es extemporáneo, por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara...

Fallo

se declara...

Texto Completo (Preview)

cfp/mga/ Antofagasta, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Teniendo presente que la resolución recurrida de fecha siete de junio del año en curso, es aquella que hace efectivo el apercibimiento y declara el abandono del procedimiento en demanda de alimento, cuya naturaleza jurídica no es otra que una sentencia interlocutoria, cuyo plazo de apelación conforme así lo dispone el artículo

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