SIN INFORMACION

LI/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 3 de abril de 2024 comparece don Marco Antonio Valdés Merino, abogado, en favor de don Jiaming Li, de nacionalidad china, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la demora excesiva en la tramitación de su solicitud de residencia temporal, lo que perturba el ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Expone que el 19 de julio de 2023 presentó su solicitud de residencia temporal para desarrollar actividades lícitas remuneradas, N° 66596064, cumpliendo con los requisitos para ello, en especial, del párrafo segundo del Decreto Supremo N° 177 de 2022, sobre subcategorías migratorias, sin embargo, a la fecha no existe pronunciamiento de parte de la autoridad, luego de casi 9 meses de espera. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley N° 19.880 que consagran los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental, y de inexcusabilidad, como además excede el plazo previsto de seis meses de duración del procedimiento administrativo. Sostiene que el inciso cuarto del artículo 37 de la Ley N°21.325 dispone que las solicitudes de residencia temporal o definitiva deberán ser tramitadas en el más breve plazo, y, que el Servicio Nacional de Migraciones deberá informar el estado de tramitación de las solicitudes cada 60 días hábiles, lo cual tampoco se cumple en este caso. Solicita que se acoja el presente recurso, proceda a restaurar el imperio del derecho ordenando a la recurrida a conceder el remedio solicitado y adoptar las demás medidas que este Corte estime necesarias para estos efectos. SEGUNDO: Que informa por la recurrida, don Antonio Beltrán Henríquez, abogado, del Servicio Nacional

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de don don Jiaming Li en contra del Servicio Nacional de Migraciones Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-6554-2024. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro. Al folio N°8; A todo, téngase presente, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 3 de abril de 2024 comparece don Marco Antonio Valdés Merino, abogado, en favor de don Jiaming Li, de nacionalidad china, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por

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