19º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./RAMÍREZ

Rol

Fecha

13 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto el catorce de noviembre último, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, siendo notificada la recurrente el treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, como consta a folio N°23. 2.- Que el término para recurrir de apelación en contra de las sentencias definitivas, conforme la regla especial establecida en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de diez días, contados desde la notificación de la resolución recurrida a la parte que interpone el recurso. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la ejecutante, CAT Administradora de tarjetas S.A., el catorce de noviembre de dos mil veintitrés (folio N°24), en contra de la sentencia de diecinueve de octubre de dos mil veintitrés (folio N°21). N°Civil-9972-2024.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la ejecutante, CAT Administradora de tarjetas S.A., el catorce de noviembre de dos mil veintitrés (folio N°24), en contra de la sentencia de diecinueve de octubre de dos mil veintitrés (folio N°21). N°Civil-9972-2024.

Texto Completo (Preview)

mbaa C.A. de Santiago Santiago, trece de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto el catorce de noviembre último, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, siendo notificada la recurrente el treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, c

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