MP.C/ FRANCISCO JAVIER TORO LIRA, JOSÉ RAÚL ANGUITA CUEVAS, LUIS GUILLERMO HUEICHAPÁN CARRILLO Y CRISTIAN ANDRÉS PARRA CUBA.
Rol
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por los que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, gravedad, forma de comisión del ilícito y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintidós de junio en curso, dictada en los autos RIT 2511-2024 por el 15°Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva de los imputados Francisco Javier Toro Lira, José Raúl Anguita Cuevas, Luis Guillermo Hueichapán Carrillo y Cristian Andrés Parra Cuba. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2436- 2024 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: a dos de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 2436-2024 RIT: 2511-2024 Ruc: 2400714440-3 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Patricia Ampuero Pulgar Abogado asesor del Ministerio Público: Yelica Lusic Nadal Defensor privado: Felipe Gatta Eyzaguirre Imputados: Francisco Javier Toro Lira, José Raúl Anguita Cuevas, Luis Guillermo Hueichapán Carrillo y
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