ZAVALA / JUZGADO DE FAMILIA DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio N°1, el abogado Omar Alejandro Carrasco García, interpone constitucional de amparo en favor de su representado Carlos Eugenio Zavala Ortiz, cédula de identidad N°7.139.620-7, en contra del Juzgado de Familia de Viña Del Mar, por la dictación de la resolución de fecha 25 de junio de 2024, dictada en causa Z-559-2020, en autos sobre cumplimiento de alimentos mayores, caratulados “Diaz/Zavala“, que despachó orden de arraigo nacional, retención de licencia de conducir y arresto nocturno por 15 días en su contra del alimentante, para que pague la suma equivalente a UTM 1.874,2036, que a esta fecha equivalen a $123.622.158. Señala que es demandado alimentante en la causa referida, donde por liquidación de fecha 27 de enero del 2021, se determinó que la deuda entre 05 de noviembre del 2018 a 30 de octubre del 2020, ascendía a $39.750.000 y con posterioridad, se han ido sumando mes a mes deudas desde el mes de noviembre del 2020 al mes de noviembre del 2023. Refiere que desde enero de 2015 a agosto de 2018 esto fue hasta el año 2021 en abril, el pago del dividendo del inmueble donde reside residía la demandante, monto que asciende a la suma de $50.201.465, hay que actualizar a marzo de 2021 (sic). Reclama que dichos gastos deben imputarse a la deuda, ordenándose una nueva liquidación, toda vez que dichos gastos cumplen con todos los requisitos previstos por el legislador para ser considerados alimentos, cuestión a que se opuse la contraria, puesto que el amparado se encuentra casado bajo régimen de sociedad conyugal y que por lo demás la contraria solo mantendría una obligación al pago de dicho bien inmueble del 50%. Denuncia que la deuda que se ha venido produciendo es el resultado del no pago del 50% de la pensión a contar de noviembre de 2018, aproximadamente, esto es, actualmente recibe aproximadamente tres millones como pensión CAPREDENA, le retienen un millón y medio y la pensión está fijada en tres millones doscientos mil pesos, sin embargo se han
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se impugna la resolución dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar, de veinticinco de junio de dos mil veinticuatro, dictada en causa Z-559-2020, en autos sobre cumplimiento de alimentos mayores, caratulados “Díaz/Zavala“, que despachó orden de arraigo nacional, retención de licencia de conducir y arresto nocturno por 15 días en contra del amparado, como apremios para pagar la deuda ascendente a 1.874,2036 UTM, lo cual conculcaría su derecho a la libertad personal, puesto que ha pagado los dividendos del inmueble donde habita la alimentaria desde el año 2018, porque su cónyuge obtuvo el precio de un inmueble de su propiedad que vendió por mandato su hijo, entre otras razones expuestas en su libelo. Segundo: Que, conforme al mérito de los antecedentes y en especial de la copia e-book de la causa de cumplimiento, aparece que el recurrente presenta una deuda por liquidación de pensión de alimentos, establecidos en favor de la alimentaria, la que está ejecutoriada por no haberse presentado oposición a la misma, ni haberse ejercido el derecho establecido en el artículo 14, inciso final, de la Ley N°14.908, por lo que la resolución impugnada por esta vía constitucional, que decretó los apremios de arresto y arraigo contra el actor, se encuentra ajustada a derecho. Tercero: Que, habiéndose adoptado la decisión que se impugna por una autoridad competente, en la esfera de sus atribuciones, y de acuerdo al procedimiento establecido en la ley, no adolece de ilegalidad alguna que deba ser enmendada por esta vía.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo en favor de Carlos Eugenio Zavala Ortiz. Se deja sin efecto la orden de no innovar decretada a folio N° 2, una vez ejecutoriado este fallo. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1431-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dos de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio N°1, el abogado Omar Alejandro Carrasco García, interpone constitucional de amparo en favor de su representado Carlos Eugenio Zavala Ortiz, cédula de identidad N°7.139.620-7, en contra del Juzgado de Familia de Viña Del Mar, por la dictación de la resolución de fecha 25 de junio de 2024, dictada en causa Z-55
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