DORSAINVIL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Marcelo Carvallo Contreras, en favor de Etzer Dorsainvil, haitiano, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la resolución N°24096988 de 4 de marzo pasado que archivó su solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulnera las reconocidas en el numeral 2 y 3 inciso 5° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que el recurrente presentó una solicitud de residencia definitiva el 6 de abril de 2022 y el 6 de mayo de la misma anualidad, salió del país por el aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez y, posteriormente, ingresó al país el 8 de agosto de 2022 de la misma forma. Añade que el 4 de marzo pasado, se le comunicó que su petición había sido archivada ya que, de acuerdo a lo informado por la Policía de Investigaciones, aún se encontraba fuera del país, sin nuevos ingresos al territorio nacional. Expone que su ingreso se acredita con el timbre de control migratorio realizado por la misma Policía de Investigaciones y, el único motivo para archivar su solicitud es la ya mencionada, contando con toda la documentación necesaria en caso que la autoridad migratoria solicitara algún documento, haciendo presente que no ha salido del país nuevamente. Pide que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones que desarchive su solicitud y se pronuncie respecto de ésta en un plazo no superior a 30 días corridos o lo que se estime, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, evacuando informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicita se rechace el presente recurso. Explica que respecto del recurrente, efectivamente, solicitó el beneficio de la permanencia definitiva el 6 de abril de 2022, a través de la plataforma digital y por Resolución N°24096988 de 4 de marzo pasado, se archivó la petición, restituyendo la suma correspondiente a los derechos pagados, atendido que el
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Etzer Dorsainvil, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo, dentro del plazo de sesenta días contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1912-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dos de julio de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 40: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Marcelo Carvallo Contreras, en favor de Etzer Dorsainvil, haitiano, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la resolución N°24096988 de 4 de marzo pasado que archivó su solicitud de p
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