JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PÚBLICO C/ JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE

Rol

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las partes en la audiencia y la hora, el lugar y la forma en que ocurrieron los hechos que motivaron la fiscalización realizada por Carabineros al imputado, esto es, el intercambio de especies y movimientos con las manos, y el hecho de haber huido el imputado una vez que se percató de la presencia policial, son elementos que configuran indicios suficientes para los efectos del artículo 85 del Código Procesal Penal, por lo que los funcionarios policiales contaban con las facultades necesarias para proceder de la manera que lo hicieron. De esta forma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 85 y 132 bis ambos del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de catorce de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que declaró ilegal la detención del imputado Juan Esteban Ahumada Bustamante y en su lugar se declara que ésta es legal. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1778-2024. –

Fallo

se declara que ésta es legal. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1778-2024. –

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a dos de julio de dos mil veinticuatro, a las 10:29 horas, ante la Quinta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Álvaro Carrasco Labra e integrada, además, por la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal y el Abogado Integrante Sr. Fabián Elorriaga De Bonis, para la vista del r

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