JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TEMUCO

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE III S.A. CON ASTRID SOLEDAD DIAZ MONTANARES

Rol

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Antonio Álamos Avendaño en contra de la resolución de fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el cuaderno principal, por improcedente. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-327-2024.(pjr)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Antonio Álamos Avendaño en contra de la resolución de fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el cuaderno principal, por improcedente. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-327-2024.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Antonio Álamos Avendaño en contra de la resolución de fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 7 en el cuaderno principal,

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