JULIEN / MONTERO
Rol
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente que la petición planteada por la demandada, prevista en el artículo 124 del Código de Procedimiento Civil, no reviste el carácter de incidente, conforme se desprende de su lectura, y visto además lo dispuesto en los artículos 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro que tuvo por no presentada la recusación amistosa formulada en escrito de folio 569 por la demandada y en su lugar se decide, que la jueza a.quo, deberá pronunciarse derechamente sobre la misma. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Érica Pezoa Gallegos, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, y en su oportunidad devuélvase. N°Civil-391-2024.
Fallo
se decide, que la jueza a.quo, deberá pronunciarse derechamente sobre la misma. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Érica Pezoa Gallegos, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, y en su oportunidad devuélvase. N°Civil-391-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán ACT/gzz Chillán, uno de julio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente que la petición planteada por la demandada, prevista en el artículo 124 del Código de Procedimiento Civil, no reviste el carácter de incidente, conforme se desprende de su lectura, y visto además lo dispuesto en los artículos 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución de veintioch
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