ARCHIVALDO IVAN MUÑOZ OPAZO CON FISCO DE CHILE -CDE. ACUMULADA ROL 2474-2022
Rol
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de su
Fundamentos
considerando 14°, que se elimina, y se tiene, además presente: 1°.- Que por sentencia definitiva de 6 de junio de 2022, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1279-2020, caratulados “MUÑOZ/ FISCO DE CHILE-CDE”, se acogió la demanda interpuesta por don Archivaldo Iván Muñoz Opazo, sólo en cuanto se condena al Fisco de Chile a pagar la suma de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) al demandante, por concepto de indemnización por daño moral, con los reajustes e intereses señalados en el motivo décimo cuarto de esta sentencia y a las costas de la causa por haber resultado totalmente vencido. Además, la sentencia rechazó las excepciones de pago y de prescripción de la acción civil opuestas por el Fisco, como también su alegación subsidiaria en cuanto a considerar en la fijación del quantum indemnizatorio los pagos recibidos por el actor a través de los años conforme a las leyes de reparación (Ley 19.992 y sus modificaciones y demás normativa pertinente). 2° Que, tanto la parte demandante como el Fisco de Chile apelaron contra la sentencia definitiva antes referida. 3° Que el Fisco de Chile se alzó contra dicho fallo, primero, por estimar agraviante el rechazo de la excepción de reparación satisfactiva, reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. En segundo lugar, por estimar agraviante el rechazo de la excepción de prescripción, aduciendo que el
Fallo
fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a nuestro ordenamiento jurídico y a la doctrina jurisprudencial asumida por nuestros Tribunales Superiores de Justicia, contenida en fallos que cita y reproduce en lo pertinente, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. En un tercer acápite recursivo, invoca agraviante la indemnización y el quantum fijado en la sentencia por el daño moral reclamado, a pesar de no haberse acreditado fehacientemente por el actor la existencia del daño que invoca con la prueba rendida. En este sentido, dice que la documental acompañada sólo daba cuenta de su detención, pero no proporcionaba elementos de convicción que evidenciara el daño cuya reparación pretendía, lo que tampoco se logró con la prueba testimonial rendida, pues a su parecer los testigos no dieron razón de sus dichos, ni estuvieron contestes en las circunstancias esenciales de los hechos, como los antecedentes de la Carpeta Comisión Valech que acompaña, “que no hacen prueba al respecto, por cuanto sólo es una transcripción del testimonio de la actora, que no tiene mérito probatorio de plena prueba.” (sic) Además, señala que la sentencia tampoco considera, imputa ni pondera para regular el eventual daño, las reparaciones y beneficios percibidos por el actor por medio de las leyes reparativas, por lo que a su entender, era procedente el rechazo de la demanda, o, que se rebajara prudencialmente
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, uno de julio de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de su considerando 14°, que se elimina, y se tiene, además presente: 1°.- Que por sentencia definitiva de 6 de junio de 2022, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1279-2020, caratulados “MUÑOZ/ FISCO DE CHILE-CDE”, se acogió la demanda
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