ALVARADO/TRANSPORTES Y COMERCIAL TRANSVIA FORESTAL LTDA.
Rol
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En causa rol Nº C- 56 – 2020, del Juzgado de Letras en lo Civil de Loncoche, caratulada “ Alvarado con Transportes y Comercial Transvía Forestal Ltda.“, sobre indemnización de perjuicios se dictó sentencia definitiva de fecha 27 de marzo de 2023, que rechazó las excepciones de falta de legitimación pasiva y activa, y la excepción de inoponibilidad deducida por la demandada Transportes y Comercial Transvía Forestal Limitada; acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por Alberto Felipe Ravena Soto, Gabriela Katherine Gaete González Juan Sebastián Alvarado Velásquez, Johan Andrés Alvarado Gaete, Matías Eduardo Alvarado Gaete y Gabriel Alfredo Alvarado Gaete, en contra de Sergio Eduardo Asenjo Rodríguez y de Transportes y Comercial Transvía Forestal Limitada; condenando, solidariamente, a Sergio Eduardo Asenjo Rodríguez, y Transportes y Comercial Transvía Forestal Limitada, a pagar la suma total de $100.000.000 (cien millones de pesos), por concepto de daño moral, correspondiéndole, a cada demandante, la suma de $20.000.000.-, monto que deberá reajustarse de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor, desde que la sentencia quede ejecutoriada y hasta el pago efectivo, suma que devengará los intereses corrientes previstos para las operaciones reajustables, los que se calcularán a contar de que la sentencia se encuentre ejecutoriada y para el caso de mora; rechaza la indemnización de lucro cesante, solicitado por Alberto Felipe Aravena Soto, Gabriela Katherine Gaete González Juan Sebastián Alvarado Velásquez, Johan Andrés Alvarado Gaete, Matías Eduardo Alvarado Gaete y Gabriel Alfredo Alvarado Gaete, en contra de Sergio Eduardo Asenjo Rodríguez, y en contra de Transportes y Comercial Transvía Forestal Limitada, ya individualizados; finalmente no se condena en costas a los demandados, por no haber sido totalmente vencido en el juicio. En contra de dicha sentencia se ha deducido por el apoderado de los demandantes, don
Fundamentos
Considerando: A.) En cuanto al recurso de casación en la forma deducido por la parte demandante. 1º) Que en cuanto a la causal de invalidación formal planteada por la demandante, ella se sustenta en que el
Fallo
fallo recurrido ha sido dictado con infracción a lo dispuesto en el número 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido la sentencia pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170 del mismo Código. Sostiene el recurrente que la infracción se produce en relación con el número 6 del citado artículo 170, norma que prescribe que la sentencia definitiva de primera instancia debe contener: “La decisión del asunto controvertido. Esta decisión deberá comprender todas las acciones y excepciones que se hayan hecho valer en juicio; pero podrá omitirse la resolución de aquellas que sean incompatibles con las aceptadas”. Afirma que el Tribunal no se pronunció respecto de dos peritajes presentados por su parte. El primero de ellos de don Mauricio Coloma, psicólogo que evaluó al padre, madre y hermanos del fallecido, pericia que, a su juicio, acredita el profundo daño psicológico que aqueja a todos los integrantes de dicho grupo familiar, cuyo denominador común es el estrés postraumático. El segundo, corresponde al peritaje contable de don Cristian Stollsteimer quien, luego de un análisis de la proyección económica, prognosis laboral y financiera que hubiese tenido el joven fallecido, concluyó que podría haber percibido una suma final estimada en $622.485.000.-, lo que pudo haber sido un aporte económico importante para su familia, sobre todo considerando que era una persona joven, con una vida activa para poder desempe
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C.A. de Temuco Temuco, uno de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: En causa rol Nº C- 56 – 2020, del Juzgado de Letras en lo Civil de Loncoche, caratulada “ Alvarado con Transportes y Comercial Transvía Forestal Ltda.“, sobre indemnización de perjuicios se dictó sentencia definitiva de fecha 27 de marzo de 2023, que rechazó las excepciones de falta de legitimación pasiva y activa, y la excepción
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