JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE NACIMIENTO

CAM - CÁMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO A.G./INGENIERÍA MANTENCION Y SERVICIOS IMASEL LIMITADA

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1. Que el artículo 90 inciso final del Código de Procedimiento Civil dispone que “las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables”. 2. Que el demandado ha apelado en contra de la resolución que recibió el incidente de Nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento a prueba, la que no admite tal medio de impugnación, por lo que el recurso de apelación debe ser declarado inadmisible. Por estas consideraciones y disposición legal citada, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario interpuesto el 17 de junio de 2024 y concedido el diecinueve de junio de dos mil veinticuatro, en contra de resolución de trece de junio de dos mil veinticuatro Devuélvase. N°Civil-1634-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y disposición legal citada, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario interpuesto el 17 de junio de 2024 y concedido el diecinueve de junio de dos mil veinticuatro, en contra de resolución de trece de junio de dos mil veinticuatro Devuélvase. N°Civil-1634-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SAN/ccv Concepción, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Visto: 1. Que el artículo 90 inciso final del Código de Procedimiento Civil dispone que “las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables”. 2. Que el demandado ha apelado en contra de la resolución que recibió el incidente de Nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento a prueba,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica