ASESORIAS E INVERSIONES CAMINO C/ PATRICIO GERMAN NAZAL SACA
Rol
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1°.- Que como lo ha señalado reiteradamente esta Corte el sobreseimiento definitivo corresponde a una resolución que pone término al procedimiento penal, cuya principal característica está en provocar el efecto radical de la cosa juzgada. 2°.- A lo anterior se agrega que cuando se trata de sobreseer definitivamente por la causal de la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, resulta necesario que los supuestos o condiciones previstas en dicha norma legal tengan el carácter de evidentes, indiscutidos o manifiestos, lo que no se verifica en el caso de autos en atención a la naturaleza de los delitos de que se trata, los antecedentes de la carpeta investigativa y los elementos normativos de los ilícitos imputados, los que deberán ponderarse en la oportunidad procesal pertinente por el tribunal del fondo. Además, el querellante hizo presente en estrado la existencia de diligencias pendientes en la causa, para reforzar la complejidad de la investigación y su estado. Por otro lado, la sola existencia de un fallo arbitral emitido en relación a una acción indemnizatoria, a que ambos intervinientes hacen referencia, debe igualmente ponderarse en su oportunidad, en conjunto con los demás elementos de la carpeta investigativa, resultando insuficiente para acceder a lo pedido por el querellado, en este estadio procesal. 3°.- Que por consiguiente, no puede sostenerse razonablemente que se configura la hipótesis del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Este tribunal nada agrega en relación a la letra b) del mismo precepto por cuanto, en esta audiencia, el recurrente precisó que únicamente se funda su solicitud en la primera regla. Por estas razones, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por el del 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en cuanto dispuso rechazar el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa del querellado Patricio Germán Nazal Saca, dictad
Fallo
fallo arbitral emitido en relación a una acción indemnizatoria, a que ambos intervinientes hacen referencia, debe igualmente ponderarse en su oportunidad, en conjunto con los demás elementos de la carpeta investigativa, resultando insuficiente para acceder a lo pedido por el querellado, en este estadio procesal. 3°.- Que por consiguiente, no puede sostenerse razonablemente que se configura la hipótesis del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Este tribunal nada agrega en relación a la letra b) del mismo precepto por cuanto, en esta audiencia, el recurrente precisó que únicamente se funda su solicitud en la primera regla. Por estas razones, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por el del 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en cuanto dispuso rechazar el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa del querellado Patricio Germán Nazal Saca, dictada en la causa RIT 8968-2022. Comuníquese.
Texto Completo (Preview)
ACORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-3353-2024 Ruc: 2210064090-6 Rit: O-8968-2022 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministras señora Jessica De Lourdes González Troncoso, señora Inelie Durán Madina y el Abogado Integrante señor Luis Hernandez Olmedo Relatora (s): Paulina Arriagada Contreras Digitado
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