MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ CRISTIAN ALEJANDRO DIAZ PAIROA
Rol
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que sin perjuicio de lo improcedente que resulta acompañar el informe psicosocial del imputado recién a propósito de la interposición de su recurso de apelación, cuanto más el artículo 15 N° 2 de la Ley 18.216 incluso permite suspender el plazo de dictación de la sentencia para obtenerlo, al tiempo que, técnicamente, el recurso no discrepa de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que el tribunal tuvo para no otorgar la pena sustitutiva solicitada, debe concluirse que el que fuera incorporado no permite concluir que la intervención del imputado pueda resultar eficaz para su reinserción social, en la medida que da cuenta de que el imputado presenta una mediana orientación a favor del delito, un proceso de percepción que en ocasiones le impide realizar un adecuado análisis de la información recibida del entorno y baja capacidad para considerar aspectos centrales y relevantes de una situación. También debilidad en la estructuración de la imagen de sí mismo; inmadurez emocional y un bajo desarrollo de empatía; escasa visión crítica en torno al accionar delictivo, presentando una tendencia a la justificación y a la minimización de los hechos; cogniciones irracionales y nivel de educación deficiente, elementos que, más allá de lo que se diga a modo conclusivo en dicho informe, aparecen como un obstáculo insalvable para llegar a la conclusión positiva de la eficacia que para los fines ya indicados debe tener la pena sustitutiva. Y visto lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la sentencia de fecha once de junio de dos mil veinticuatro, en la parte que no concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva al condenado Cristian Alejandro Díaz Pairoa, por el delito de tráfico de pequeñas cantidades. Regístrese y comuníquese. Rol 1021-2024 (PENAL)
Texto Completo (Preview)
/jhc ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a uno de julio de dos mil veinticuatro, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sr. Dinko Franulic Cetinic, Sr. Hernán Cárdenas Sepúlveda y el Abogado Integrante Sr. Fernando Orellana Torres, se llevó a efecto la audiencia para conocer del recurso de apelación deducido por la Defensora Penal Pública doña Claudia N
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