SIN INFORMACION

KEVIN BALANTA CANTILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de junio del presente año comparecen Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, cedula de identidad N°19.025.279-5, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, chileno, y Matías Piquer Franco, cedula de identidad N°17.701.348-K, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, chileno, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Nueva Providencia 1881, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, interponiendo Recurso de Amparo en favor de KEVIN ALDAIR BALANTA CANTILLO, pasaporte AV143174, de nacionalidad Colombiana, para estos efectos domiciliado en Pasaje 25 ½ Norte A 3295, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 inciso tercero de la Constitución Política de la República, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliado para todos los efectos legales en San Antonio 580, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, institución que mediante Resolución Exenta N° 40310, de fecha 01 de septiembre del año 2023, procedió a rechazar la solicitud de residencia temporal del amparado junto con disponer orden de abandono del país, la cual debe llevarse a cabo dentro de los 5 días siguientes a la notificación del acto. Refiere que el amparado ingresa a Chile por primera vez en diciembre del año 2018 por vía aérea para visitar a su prima quien se encuentra radicada en Chile. En junio del año 2021, el recurrente realiza una solicitud de residencia temporaria, no obstante, el día 01 de septiembre de 2023 y mediante Resolución Exenta n°40310, el Servicio Nacional de Migraciones procede a rechazar la solicitud presentada, junto con la dictación de una orden de abandono del país. Menciona que esta decisión fue motivada por la existencia de condenas en su país, de hace más de 8 años, penas que ya fueron debidamente cumplidas, de hecho fue decretada la extinción de las penas por los mismos Juzgados que las impusieron, acreditándose previamente su

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza y Matías Piquer Franco, abogados, en favor de KEVIN ALDAIR BALANTA CASTILLO, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Se decreta el alzamiento de la orden de no innovar decretada en autos, una vez ejecutoriado este fallo. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-317-2024.

Texto Completo (Preview)

Talca, uno de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de junio del presente año comparecen Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, cedula de identidad N°19.025.279-5, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, chileno, y Matías Piquer Franco, cedula de identidad N°17.701.348-K, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, chileno, ambos domic

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