BANCO SANTANDER - CHILE/AGRÍCOLA Y COMERCIAL TERRA FERTIL LIMITADA - (LTE)
Rol
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece doña Alejandra Sainz Inostroza, abogado, actuando en representación de los demandados y ejecutados señor Pablo Alonso Farías Rojas y la sociedad Agrícola y Comercial Terrafertil Limitada, en procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré. SEGUNDO: Que, la compareciente, deduce recurso de apelación subsidiaria en contra de la resolución dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, con fecha 23 de diciembre de 2021, a folio 46, que rechazó de plano, sin costas, el incidente de abandono del procedimiento promovido por esa parte el 22 de diciembre de 2021. TERCERO: Que, consta de autos, que la resolución en alzada, de folio 44 del cuaderno principal, dispuso lo siguiente: “1° Que, el plazo para declarar abandonado el procedimiento en un juicio como el presente es de seis meses, contados desde la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil tendiente a dar curso progresivo a los autos. 2° Que, en la especie, ese carácter lo tiene la resolución que recibió la causa a prueba y dispuso la suspensión del procedimiento hasta después del término de la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Emergencia, dictada por el Tribunal con fecha 15 de marzo de 2021, ello en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N°21.226, concluyéndose indubitadamente que desde esa fecha hasta la reanudación del procedimiento, esto es, el 28 de octubre del año en curso, fecha en que la demandante pidió el desarchivo del proceso a fin de continuar con la prosecución del mismo, no ha transcurrido el término a que alude el motivo primero de este fallo, ello por expresa disposición del artículo 12 de la Ley N°21.379, que prescribe en lo pertinente que: ‘los términos probatorios que durante la vigencia del artículo 6 se hubieren suspendido por disposición de dicha norma, se reanudarán, a petición de parte, desde la fecha en que se notifique la resolución que acoja la solicitud, extendiéndose por el tiempo que correspo
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 186, 187, 189, y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas, la resolución de fecha veintitrés de diciembre de 2021, de folio 44, pronunciada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, declarándose en su lugar que se acoge el incidente de abandono del procedimiento promovido por la parte ejecutada. Regístrese y devuélvase por la vía que corresponda. Redacción del abogado integrante señor Jorge Hales N°Civil-12419-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece doña Alejandra Sainz Inostroza, abogado, actuando en representación de los demandados y ejecutados señor Pablo Alonso Farías Rojas y la sociedad Agrícola y Comercial Terrafertil Limitada, en procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré. SEGUNDO: Que, la compareciente, deduce
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica