1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

RETAMAL/

Rol

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, sus citas legales como, asimismo, sus considerandos, con excepción del sexto que se elimina. Y SE TIENE, ADEMAS, PRESENTE: 1.-) Que, la demanda de folio 1, consiste en una solicitud de rectificación de superficie respecto de la propiedad denominada como casa habitación y sitio, ubicada en calle Patricio Lynch, número 249, de la ciudad de Linares, y cuyos deslindes particulares según título de dominio son: NORTE: en 95 metros en parte con Sitios 15,16,17,18 y 19; SUR: en 96,70 metros en parte con Sitio 2,3,4,5 y 6, respectivamente; ORIENTE: en 64,08 metros con calle Patricio Lynch; y PONIENTE: en 65 metros en parte con Sitios 9,10,11 y 12, respectivamente, ubicado en la comuna de Linares. 2.-) Que, según consta en levantamiento topográfico, realizado por el perito judicial Álvaro Muñoz Moran, se determinó que la cabida real de la propiedad corresponde a 4.842,12 metros cuadrados y no, a 6.240 metros cuadrados como se indica en el título de dominio de la propiedad, que consta a foja 124V, número 194, del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Linares. 3.-) Que la sentencia impugnada indica que el procedimiento voluntario seria inidóneo para resolver la solicitud de rectificación requiriéndose un juicio de lato conocimiento, que emplace a los propietarios colindantes, rechazando la solicitud. 4.-) Que, analizados los antecedentes no se observa que realizar la rectificación solicitada pudiera derivar en afectación de derechos de terceros, puesto que lo que se solicita es una reducción de cabida. No se ha solicitado ampliar la cabida, sino solo ajustar los deslindes a la cabida real. Solo se pide que se ordene al conservador de bienes raíces de Linares que, enmiende la cabida real de la propiedad, disminuyéndola, según lo determinado por el peritaje topográfico, es decir que, de 6.240 metros cuadrados, pase a 4.842,12 metros cuadrados. Tampoco se ha pedido se rectifique o modifiquen los títulos o las propiedades col

Fallo

se declara que se da lugar a la solicitud de rectificación de superficie ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Linares, practicar la anotación marginal en la inscripción del dominio de la propiedad, cuyo título inscrito se encuentra a foja 124V, número 194 del año 2022, rectificando la superficie debiendo decir que su real cabida es de 4.842,13 metros cuadrados teniendo los siguientes deslindes particulares y reales: NORTE: en 95,10 metros con retazo o lote B, SUR: en 21,38 metros con lote A dos y en 74,74 metros con parte del sitio 2,3,4,5 y 6, respectivamente; ORIENTE: en 43,39 metros con calle Patricio Lynch; y PONIENTE: en 53,04 metros en parte con Sitios 9,10,11 y 12 respetivamente. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Rol N° 2.089-2022/Civil. Se deja constancia que no firma la Ministra doña Jeannette Valdés Suazo, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por estar con permiso en conformidad a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, sus citas legales como, asimismo, sus considerandos, con excepción del sexto que se elimina. Y SE TIENE, ADEMAS, PRESENTE: 1.-) Que, la demanda de folio 1, consiste en una solicitud de rectificación de superficie respecto de la propiedad denominada como casa habitación y sitio, ubicada en calle Patri

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