FRANCO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Nicole Alejandra Torres Opazo, abogada en favor de Luz Mercedes Franco Aquino, de nacionalidad dominicana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría del Ministerio del Interior por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de nacionalización chilena, lo que infringe el principio de celeridad de los actos administrativos, en particular el artículo 27 de la Ley 19.880, vulnerándose su derecho fundamental contemplado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Solicita que se ordene a las recurridas pronunciarse sobre su solicitud en un plazo razonable. Indica que el 31 de octubre de 2023 el recurrente solicitó la nacionalidad chilena, cumpliendo con todos los requisitos requeridos, sin que a la fecha haya obtenido una respuesta por parte de las recurridas y que han transcurrido más de un año y tres meses desde esta solicitud. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones y solicita el rechazo del recurso señalando que la solicitud de nacionalización del recurrente se encuentra en etapa de primer análisis desde el 31 de octubre de 2023. Expone que, al mantener el recurrente permiso de residencia definitiva desde el 10 de febrero de 2023 por lo que la demora en otorgarle la carta de nacionalización no le genera perjuicio. Explica que la carta de nacionalización, por su naturaleza jurídica, es una concesión constitucional que otorga el Estado de Chile por una gracia, debido al mérito de quien la solicita, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, en particular en el artículo 84 de la Ley 21.325 y en el artículo 2 del Decreto Supremo N°5.142 de 1960, del Ministerio del Interior. Añade que es requisito esencial cumplir con el informe de la Policía de Investigaciones de Chile, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° del referido Decreto. Finalmente señala que la labor del Servicio Nacional d
Fallo
Por estas consideraciones, de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Luz Mercedes Franco Aquino, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Subsecretaría del Interior. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° 2834-2024 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Nicole Alejandra Torres Opazo, abogada en favor de Luz Mercedes Franco Aquino, de nacionalidad dominicana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría del Ministerio del Interior por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de nacionalización chilena, l
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