SALINAS / ALEMANA SEGUROS S.A.
Rol
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: A folio N°1 comparece el abogado Mauricio Campos Moncada, en representación de Carla Jesús Salinas Echeverría, 36 años, domiciliada en Viña del Mar, quien deduce recurso de protección en contra de Alemana Seguros S.A., por haber incurrido en un acto ilegal o arbitrario de no cubrir el siniestro denunciado, lo que infringe las garantías constitucionales de los numerales 2° y 24°, del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 21 de diciembre de 2018 su cónyuge contrató para sí y en favor de la recurrente, la póliza de seguro denominada Seguro Alemana Total, con vigencia desde el 01 de enero de 2019, con renovación anual automática. Añade que el 21 de diciembre de 2018 acudió al gastroenterólogo para consultar por un cuadro de náuseas, diarrea y vómitos, respecto de los que se realizó exámenes el día 29 de diciembre de 2018 orientados a descartar enfermedades o patologías. Sostiene que, en el 07 de enero de 2019, se le diagnosticó un nódulo pulmonar y cuatro años después fue sometida a una cirugía de extirpación de nódulos en la Clínica Alemana de Santiago, la que tuvo un costo de $12.713.381. Afirma que realizó el denuncio del siniestro y la liquidación fue realizada por la compañía, la que concluyó el rechazo de la cobertura por tratarse de un evento que es causa de enfermedad conocida antes del inicio de la vigencia de la póliza. Refiere que impugnó el informe, la que fue desestimada por la compañía. Argumenta que al momento de contratar el seguro no existía diagnóstico de cáncer ni sospecha de la enfermedad, por lo que dedujo un recurso administrativo ante la Comisión para el Mercado Financiero, refiriendo esta que las diferencias se refieren a la fecha de diagnóstico y eventual omisión de información médica relevante al contratar el seguro, lo que no puede resolver o calificar en el trámite de un reclamo administrativo. Manifiesta que la definición de preexistencia establecida unilateralmente por la recurrida en la póliza
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la recurrida opone excepción de incompetencia, por cuanto los hechos descritos en el recurso acaecieron en la ciudad de Santiago, por tener allí su domicilio aquella, conforme a la póliza de seguro invocada y la recurrente lo tiene en la comuna de Peñaflor, siendo competente, en consecuencia, para conocer de este recurso la Corte de Apelaciones de Santiago. Segundo: Que, tal como ha resuelto la Corte Suprema en un reciente
Fallo
fallo de contienda de competencia de cinco de febrero de dos mil veinticuatro en causa Rol N°251.766-2023, el numeral 1° del Auto Acordado sobre tramitación del recurso de protección establece que dicho arbitrio “se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se haya cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas, o donde estos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente…”. En el caso de autos, se debe considerar que el contrato de seguro y el eventual acto arbitrario o ilegal que motiva el recurso, ocurrió en la comuna de Vitacura, Gran Santiago, por cuanto la recurrida tiene sus oficinas centrales en esa, lugar donde emitió el Informe de Liquidación del Siniestro Nº168267 de fecha 27 de junio de 2023, mediante el cual rechazó otorgar cobertura al siniestro denunciado; de modo que el acto ilegal cuestionado a través de la acción cautelar, fue adoptado allí, a lo que debe adicionarse el domicilio que la recurrente registró en la póliza también corresponde a la Región Metropolitana, específicamente en la comuna de Peñaflor, según consta en los antecedentes allegados a la causa. Tercero: Que, la circunstancia de tener domicilio el abogado patrocinante del recurso en la comuna de Viña del Mar y atribuir el mismo “para efectos del recurso” a la recurrente, no es suficiente para determinar la competencia territorial
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio N°1 comparece el abogado Mauricio Campos Moncada, en representación de Carla Jesús Salinas Echeverría, 36 años, domiciliada en Viña del Mar, quien deduce recurso de protección en contra de Alemana Seguros S.A., por haber incurrido en un acto ilegal o arbitrario de no cubrir el siniestro denunciado, lo que i
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