SIN INFORMACION

FINKELSTEIN/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, doña Marcela Fernanda Jeldres Bórquez, abogada, interpone recurso de protección en favor de don Felipe Andrés Finkelstein Hetzel, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en otorgar “prestaciones de salud relacionadas con discapacidades psíquicas o intelectuales, enfermedades mentales y con la salud mental con topes de bonificación y topes máximo año contrato menores que los establecidos para sus prestaciones de salud físicas, de manera sostenida y sin que sus efectos hubieren cesado hasta la interposición de la presente acción cautelar contraviniendo lo establecido en la Ley 21.331”, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 N° 2, 9 y 24. Funda el recurso expresando que el protegido es afiliado de la Isapre recurrida. Adiciona que, sin perjuicio de la vigencia de la Ley N° 21.331 y la dictación de la Circular N° 396 de la Superintendencia de Salud, que disponen el aumento de la cobertura de las prestaciones relativas a salud mental, la eliminación de preexistencias respecto de enfermedades mentales y otras normas relacionadas, la recurrida no ha aplicado en el plan de salud del Recurrente las nuevas normas legales y administrativas dictadas para la materia. En consecuencia, estima que la conducta de la recurrida es ilegal y arbitraria, y que ha vulnerado las garantías constitucionales invocadas. Finalmente, solicita acoger el recurso “ordenándole a la Recurrida otorgar cobertura a las prestaciones de carácter mental –psiquiátricas y psicológicas- de la misma forma que su Plan de Salud establece para prestaciones de carácter físico, tanto en su modalidad de cobertura preferente como libre elección, todo esto conforme a lo establecido en la Ley 21.331, con costas.” Segundo: Que comparece don Daniel López Ventura, abogado, en representación de Isapre Cruz Blanca S.A., quien informa, allanándose en los

Fallo

se decide que: Que, se ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Felipe Andrés Finkelstein Hetzel, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., sólo en cuanto se dispone que la Isapre recurrida deberá realizar los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sean equiparadas a las de salud física conforme al contrato de salud vigente del recurrente con esa entidad. Regístrese, comuníquese y archívense en su oportunidad. N°Protección-7302-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, doña Marcela Fernanda Jeldres Bórquez, abogada, interpone recurso de protección en favor de don Felipe Andrés Finkelstein Hetzel, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en otorgar “prestaciones de salud relacionadas con discapaci

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