SIN INFORMACION

CARRERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1. A folio 1 comparece Rodrigo Frías Molina, abogado, quien lo hace en nombre de Elimenes Carrero Guillen, venezolano, con domicilio en Pasaje Puerto Cisnes n.° 441, Valdivia, y deduce recurso especial contra la Resolución Exenta N.° 15.592 de 19 de abril de 2024 dictada por el Director Nacional del Servicio de Migraciones, Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio n.° 580, Santiago, la cual dispuso su expulsión del territorio nacional. Indicó que ingresó a Chile el 23 de noviembre de 2023 a través de un paso no habilitado, tras lo cual se dirigió a Valdivia, lugar en el cual se autodenunció ante PDI encontrándose bajo el control y supervisión de la autoridad migratoria. Agregó que su llegada al país se debe a la inestabilidad política y económica existente en Venezuela y que tiene a su hijo Anthony Wilber Carrero Ramírez, residiendo en Chile, el cual es titular de una visa de residencia temporal, encontrándose, tramitando su visa definitiva. Indicó que el acto recurrido es ilegal ya que implica afectación de la familia en cuanto núcleo esencial de la sociedad, cuestión que es reconocida por la Constitución Política de la República, la Ley de Migraciones y Tratados Internacionales ratificados por Chile. Pide se deje sin efecto la orden de expulsión y pueda tramitar su residencia regular. 2. A folio 8 el Servicio Nacional de dio cuenta del procedimiento administrativo iniciado a partir del informe policial de 27 de septiembre de 2023 donde se denuncia el ingreso irregular del reclamante de autos, haciendo presente que en el marco de tal procedimiento este último no formuló descargos. Agregó que dicha resolución se ajusta al estándar de juridicidad administrativa y migratoria ya que se dictó sobre la base del derecho positivo vigente; y que el reclamo no es fundado pues no desconoce el hecho que origina la orden de expulsión, esto es, el ingreso por paso no autorizado. En tal sentido, indicó que el recurrente esgrime como fundamento en su presentación la existencia de un núcleo familiar compuesto por un hijo mayor de edad, el cual según declara, se encuentra con residencia temporal en Chile, pero lo cierto es que la persona que dice ser su hijo -Anthony Wilber Carrero Ramírez-, cuenta con una gestión de “solicitante de refugio” la que se encuentra actualmente en trámite, lo que le permite hacer uso de una visa por 8 meses que puede ser renovable en el futuro por igual periodo de tiempo. Finalizó indicando que el extranjero no cuestiona el hecho de haber ingresado al territorio nacional por paso no habilitado para tales efectos, sino que reconoce dicha situación; y que se limitó a aplicar la normativa correspondiente para resolver la situación migratoria del recurrente. 3. Que el presente recurso de reclamación está dirigido a enervar el decreto de expulsión de la autoridad migratoria, y se encuentra consagrado en el artículo 141 de la Ley N.° 21.325. 4. Ahora bien, de los antecedentes aparejados a la

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la ley 21.325; Se rechaza, sin costas, el recurso de reclamación interpuesto por Elimenes Carrero Guillen en contra de la Resolución Exenta N.° 15.592 de 19 de abril de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. Rol 26-2024 Contencioso Administrativo.

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Valdivia, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1. A folio 1 comparece Rodrigo Frías Molina, abogado, quien lo hace en nombre de Elimenes Carrero Guillen, venezolano, con domicilio en Pasaje Puerto Cisnes n.° 441, Valdivia, y deduce recurso especial contra la Resolución Exenta N.° 15.592 de 19 de abril de 2024 dictada por el Director Nacional del Servicio de Migracion

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