SIN INFORMACION

CORNEJO ORTIZ GABRIEL ANTONIO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Carolina Pereira Isamit, Defensora Penal Publica Penitenciaria, por el condenado don Gabriel Antonio Cornejo Ortiz, actualmente interno en el C.C.P. Colina Uno, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que califica como ilegal y arbitrario consistente en rechazar la libertad condicional del amparado. Añade que durante el transcurso del tiempo en que ha cumplido condena, el amparado ha sido un interno proactivo en su vida intrapenitenciaria. Señala que el amparado ha tenido una conducta evaluada con calificación máxima de muy buena, en al menos los últimos 4 bimestres, siendo incluido por Gendarmería en el proceso de postulación a la libertad condicional por cumplir con todos los requisitos. Pide que se acoja el recurso, ordenando la inmediata libertad condicional del amparado. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidente (s), ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y que mediante resolución de fecha 26 abril de 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de 2024. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Al respecto, consigna que: “[…]En efecto, entre l

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, el recurso de amparo deducido en favor de Gabriel Antonio Cornejo Ortiz, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1754-2024. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por la Ministra señora Carolina S. Brengi Zunino, el Ministro (S) señor Fernando Guzman Fuenzalida y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Carolina Pereira Isamit, Defensora Penal Publica Penitenciaria, por el condenado don Gabriel Antonio Cornejo Ortiz, actualmente interno en el C.C.P. Colina Uno, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de A

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