JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PORVENIR

"JUAN CARLOS AGUAYO TRIVINO CONTRA MINISTERIO PÚBLICO LOCAL"

Rol

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por la Sra. Juez a quo, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y que en lo referente a la necesidad de cautela, concurren , además, diversas circunstancias que permiten estimar que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la ofendida por el ilícito, tales como la dinámica de los hechos y la existencia de causas anteriores en relación a la misma víctima -y otras-, no vislumbrándose medidas cautelares de menor intensidad que permitan asegurar la integridad de la afectada atendida la conducta contumaz del imputado en relación a las medidas adoptadas previamente, y teniendo especialmente presente el deber del Estado de acudir en resguardo de las víctimas de violencia género que le imponen la Convención Belem do Para y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, el cual se ve reforzado en las Leyes N°21.675 y N°20.066, bajo cuyos parámetros, se da en el caso analizado una situación de riesgo inminente para la víctima en consideración a la reiteración de las conductas desplegadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, en audiencia de veintidós de junio del año en curso, por la que dispuso la medida de prisión preventiva respecto del imputado Juan Carlos Aguayo Triviño. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N° 236-2024. Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por la Sra. Juez a quo, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y que en lo referente a la necesidad de cautela, concurren , además, diversas circ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica