MP C/ VIVIANA ELIZABETH GUTIERREZ GUTIERREZ
Rol
Fecha
27 de junio de 2024
Materia
CUASIDELITO DE LESIONES: CODIGO AGRUPADOR (00902, 00903 Y 00904) ART 490 Y 494, 490, 491 Y 492.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo únicamente presente que la medida cautelar decretada por el Juez de Garantía es la más adecuada a los fines del procedimiento atendida la conducta actual y anterior de la imputada, se CONFIRMA la resolución apelada de veinte de junio de dos mil veinticuatro. Se previene que la Ministra Sra. Llanos concurre a la confirmación de la resolución en alzada y considerando, además, que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1000-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la prisión preventiva por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal o, en subsidio, se declare que la causal de la prisión preventiva es el peligro de fuga. Posteriormente alega la parte querellante, quien pide se confirme la resolución recurrida, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, compartiendo los fundamentos expuestos por la querellante en audiencia y estimando que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Teniendo únicamente presente que la medida cautelar decretada por el Juez de Garantía es la más adecuada a los fines del procedimiento atendida la conducta actual y anterior de la imputada, se CONFIRMA la resolución apelada de veinte de junio de dos mil veinticuatro. Se previene que la Ministra Sra. Llanos concurre a la confirmación de la resolución en alzada y considerando, además, que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1000-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC N° 2400708443-5, RIT N° 3631 - 2024, ROL CORTE N° PENAL- 1000-2024 Siendo las 9.50 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Pr
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