3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN

HERIBERTO SELIN MURILLO URRA CON ESTADO DE CHILE. (D)

Rol

39048-2021

Fecha

20 de octubre de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En estos autos Rol N° C-2440-2019 del 3° Juzgado Civil de Concepción, sobre procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de tres de abril de dos mil veinte, se acogió la demanda deducida por don Heriberto Selin Murillo Urra contra el Fisco de Chile, condenándolo a pagar la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos), como resarcimiento del daño moral padecido, más reajustes e intereses. Impugnada esa decisión, la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, la revocó, desestimando la demanda, como consecuencia de haberse acogido la excepción de prescripción de la acción civil deducida por el Fisco de Chile. Contra esa sentencia el abogado don Carlos Alejandro Alegría Palazón por la parte demandante, dedujo recurso de casación en el fondo, el que se ordenó traer en relación con fecha diecisiete de junio de dos mil veintiuno.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el recurso denuncia como primer error de derecho la no aplicación del Derecho Internacional de Derechos Humanos, reconocido por el artículo 5º de la Constitución Política de la República, en especial el artículo 1 de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad; los artículos 29, 130 y 131 del Convenio de Ginebra sobre Tratamiento de Prisioneros de Guerra; el artículo 1 de la Convención Americana de los Derechos del Hombre; y el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, normas que fueron ignoradas por los sentenciadores y que imponen el deber del Estado de reparar el daño producido por el accionar de sus agentes. Un segundo error es la aplicación de normas de derecho interno por sobre la normativa del Derecho Internacional que rigen esta materia. Así, aplica las normas de prescripción establecidas en el Código Civil, en especial el artículo 2497, olvidando aplicar el artículo 2314 del mismo cuerpo legal, que obliga a indemnizar a aquel que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, más aún considerando que se trata de crímenes de lesa humanidad. Concluye solicitando se invalide la sentencia recurrida y confirme la sentencia de primera instancia, con declaración que se aumenta el monto de la indemnización fijado a la suma pedida por la demandante o la suma que se estime pertinente, con costas. Segundo: Que como se desprende de autos, son hechos indiscutidos: 1.- Que don Heriberto Selin Murillo Urra fue reconocido por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura como víctima de violación de Derechos Humanos. 2.- Que el demandante fue detenido por agentes del Estado los días 18 de septiembre y 15 de noviembre, ambos del año 1973, siendo en ambas ocasiones sometido a torturas y apremios ilegítimos. Tercero: Que sobre la base de los presupuestos consignados precedentemente la Corte de Apelaciones de Concepción, revocó la sentencia de primer grado que acogió la demanda de autos, afirmando “Que la acción civil es accesoria en el juicio penal; la responsabilidad civil no emana del delito penal, sino de la concurrencia de los respectivos requisitos y aquélla pertenece única y exclusivamente al ámbito patrimonial, encontrándose, por lo tanto, regida por el Derecho Civil o común, toda vez que el Derecho Internacional no excluye la aplicación del ordenamiento nacional sobre esta precisa materia, particularmente las reglas contenidas en los artículos 2497 y 2332 del Código Civil, que regulan la institución de la prescripción en el área de la responsabilidad civil extracontractual, que es la que se debate en este caso.” A continuación señalan “que no existe norma alguna en que se establezca la imprescriptibilidad de las acciones orientadas a obtener el reconocimiento de la responsabilidad extracontractual del Estado o de sus órganos y, en ausencia de ellas, corresponde estarse a las reglas del derecho común r

Fallo

por tanto, regida por el Derecho Civil, toda vez que el Derecho Internacional no excluye la aplicación del ordenamiento nacional sobre la materia, particularmente las reglas contenidas en los artículos 2497 y 2332 del citado Código, que regulan la institución de la prescripción en el área de la responsabilidad civil extracontractual, que es la que se debate en este caso. Conforme a lo precedentemente dicho, el tribunal de alzada consideró que en la decisión de lo debatido debe aplicarse el artículo 2332 del mismo Código, esto es, que las acciones establecidas para reclamar la responsabilidad extracontractual prescriben en cuatro años, contados desde la perpetración del acto. Por lo razonado y atendida las especiales circunstancias en que se perpetró el delito del cual emana la acción civil deducida en este juicio, afirman los sentenciadores que “habiéndose dado noticia del mencionado informe de la denominada Comisión Valech I, en noviembre de 2004, el plazo de prescripción de la acción indemnizatoria de autos se encuentra ampliamente cumplido, ya que a la fecha de notificación de la demanda de autos -25 de abril del año dos mil diecinueve (folio 4)– transcurrió en exceso el plazo de cuatro años que contempla el artículo 2332 del Código Civil; por lo que la excepción de prescripción extintiva opuesta, debe ser acogida.” Cuarto: Que procede, entonces, analizar los capítulos del recurso deducido, resultando necesario tener en consideración que la acción civil deducida en contr

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de octubre de dos mil veintidós. Vistos: En estos autos Rol N° C-2440-2019 del 3° Juzgado Civil de Concepción, sobre procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de tres de abril de dos mil veinte, se acogió la demanda deducida por don Heriberto Selin Murillo Urra contra el Fisco de Chile, condenándolo a pagar la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica