1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE ÑUÑOA

OLIVARES/ PIAMONTE S.A.

Rol

Fecha

26 de junio de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18. 287, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha veintiséis de febrero de dos mil veinte, escrita a fojas 45 y siguientes, en los autos rol N° 71.280-2019, tramitados ante el Primer Juzgado de Policía Local de Ñuñoa.   Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policia Local-1272-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por la Ministra señora Carolina S. Brengi Zunino, el Ministro (S) señor Fernando Guzman Fuenzalida y la Abogada Integrante señora Sara Genevieve Moreno Fernandez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma

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