CASTRO/REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de GENARO SANTOS CASTRO FLORES, comerciante, cédula de identidad para extranjeros N°21.646.577-6, domiciliado en calle Juvenal Morla N°864, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representada en la región por su director (S) Christian Millanao T., con domicilio en calle Simón Bolívar N°250, por negar la solicitud de copia de su cédula de identidad vigente, lo que constituye un acto ilegal y arbitrario que vulnera las garantías constitucionales establecidas en los números 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, razón por la que solicita se le otorgue una copia impresa de su cédula de identidad. Informó la recurrida Servicio de Registro Civil e Identificación al tenor del recurso. Asimismo, informó el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recuso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en la negativa del Servicio de Registro Civil a otorgarle una copia de su cédula de identidad, la cual se encuentra vigente. Señala que desde el año 2002 se radicó en Antofagasta, es peruano, donde ha podido desenvolverse como empresario gastronómico, pudiendo optar por la residencia definitiva. Dice que por temas penales el Servicio Nacional de Migraciones, por Resolución Exenta N°117.997 del 30 de diciembre de 2022, dispuso su expulsión. Presentó reclamo administrativo ante esta Corte, fue rechazado, y apelando, la Excma. Corte Suprema confirmó el fallo. Considerando que en cualquier momento se puede ejecutar la expulsión, y en miras de dejar solucionadas todas sus relaciones comerciales en el país, ha tenido que resolver cerrar su empresa, o bien, dejar un mandatario, ya que es representante legal de Restaurant y Pollos a las Brazas Cheperú y Cevichería Las Conchas de tus Mares SpA, además de que como persona natural realiza actividades económicas, por lo que debe dejar en regla todos sus compromisos crediticios para evitar caer en insolvencia, lo que podría perjudicar a sus hijos, que son chilenos, y la empresa es su único sustento. Agrega que tiene bienes que debe liquidar, o bien transferir, para lo que requiere su cédula de identidad. En este sentido, explica que el 16 de abril de 2024 sufrió un robo en el que le sustrajeron varias pertenencias de su vehículo, entre los cuales estaba su cédula de identidad, número de documento 602.437.356, cuya fecha de vencimiento es el 16 de marzo de 2025, sin bloqueo a la fecha. Añade que hizo la denuncia el día 17 de abril. Sostiene que para poder hacer trámites habituales es necesario tener su cédula de identidad vigente, y debido al robo, llamó al número de atención del Servicio de Registro Civil para consultar si podía sacar un duplicado, ante lo cual le dijeron que a través de una aplicación podía solicitar una reimpresión, pero no pudo hacerlo. Luego, se dirigió a las oficinas del Servicio de Registro Civil, explicó lo sucedido, pero se le negó la posibilidad de pedir copia sin señalar motivo, fecha en la cual supo que no se le iba a entregar el documento. Indica que no puede solucionar sus problemas legales, contractuales de la empresa y de su negocio como comerciante natural, y sin cédula de identidad no puede otorgar mandato o vender sus acciones, no podrá cerrar sus cuentas corrientes, repactar o hacer algún movimiento, y menos vender los bienes que quedarán en Chile como vehículos, derechos sobre propiedades, lo que le genera un perjuicio económico y también a sus hijos, ya que tampoco les puede transferir nada a ellos. Sostiene que el acto ilegal y arbitrario consiste en que se le haya negado la copia de su cédula de identidad sin que se le señalara algún motivo, dado que la cédula tiene vigencia hasta marzo de 2025, siendo la garantía constitucional conculcada la establecid
Fallo
fallo en el que consta que el extranjero entre los años 2010 y 2011, en reiteradas oportunidades, realizó actos de relevancia sexual respecto de una menor de 11 años, en la época de inicio de estos hechos, aprovechándose de la confianza de los padres de la víctima, quienes lo dejaban a cargo de sus hijos. Indica que debido a estos antecedentes el Servicio dictó Resolución Exenta N°117997 de fecha 30 de diciembre de 2022, que ordena la expulsión del país y prohibición de ingreso al recurrente, y desde que a un extranjero le afecta una sanción de expulsión, no mantiene vigente su permiso de residencia y tiene la condición migratoria de expulsado, por tanto, no puede obtener cédula de identidad. Sostiene que no se configuran los presupuestos constitucionales señalados por el recurrente para la interposición del recurso, por no existir acción u omisión arbitraria o ilegal por parte de la autoridad que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio del derecho enumerado por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. CUARTO: Que, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de la República, el recurso de protección de garantías constitucionales constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitra
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Antofagasta, a veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de GENARO SANTOS CASTRO FLORES, comerciante, cédula de identidad para extranjeros N°21.646.577-6, domiciliado en calle Juvenal Morla N°864, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representada en la región por su director (S) Christian Millanao
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