YUBITSA ANGELICA MANCILLA VILLAGRA C/ LEONARDO ANTONIO LLANTEN LLANTEN
Rol
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Visto: Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 16 del Código Orgánico de Tribunales, y el informe del Fiscal Judicial, se dirime la contienda de competencia trabada, determinándose que el Juzgado de Garantía de Chillán, es el competente para conocer de estos antecedentes. Comuníquese y devuélvase. Notifíquese. N°Penal-539-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Act/rps Chillán, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. Visto: Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 16 del Código Orgánico de Tribunales, y el informe del Fiscal Judicial, se dirime la contienda de competencia trabada, determinándose que el Juzgado de Garantía de Chillán, es el competente para conocer de estos antecedentes. Comuníquese y devuélvase. Notifíquese.
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