SIN INFORMACION

HERNÁNDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

26 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que el presente recurso interpuesto a favor de Fedna Dorcin, tiene por objeto dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24188297 del Servicio Nacional de Migraciones. Segundo: Que, consta del examen de tramitación de causas que idéntica acción en favor de la misma ciudadana haitiana y con el mismo objeto, dejar sin efecto la resolución exenta antes referida, fue conocida por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N° 1207-2024, acción cautelar rechazada por sentencia de fecha 20 de mayo último, decisión que fue confirmada por la Excma. Corte Suprema el pasado 12 de junio, con declaración “… de que una vez calculada la multa por la autoridad recurrida, se le otorgará a la amparada un plazo de 60 días para su pago, debiendo, así también, dejarse sin efecto, la orden de abandono decretada”, correspondiendo en consecuencia, instar en el proceso respectivo por el cumplimiento de la sentencia pronunciada. Por lo antes considerado, existiendo un pronunciamiento judicial previo respecto a la validez de la Resolución Exenta N° 24188297 del Servicio Nacional de Migraciones, lo dispuesto en artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto por Karina Hernández Zúñiga en favor de doña Fedna Dorcin contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese. N° Amparo-218-2024.//mcrl

Fallo

se declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto por Karina Hernández Zúñiga en favor de doña Fedna Dorcin contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese. N° Amparo-218-2024.//mcrl

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que el presente recurso interpuesto a favor de Fedna Dorcin, tiene por objeto dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24188297 del Servicio Nacional de Migraciones. Segundo: Que, consta del examen de tramitación de causas que idéntica acción en favor de la misma ciudadana haitiana y con el mismo objeto, dejar sin efecto

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