MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA CON EMPRESA DE SERVICIOS HIMCE LIMITADA
Rol
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, no encontrándose acreditado que las facultades de la demandada no ofrezcan suficiente garantía o que exista motivo racional para creer que procurará ocultar sus bienes, en los términos dispuestos en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del código adjetivo se revoca, en lo apelado, la resolución de dos de junio de dos mil veintitrés, dictada en el cuaderno de medida precautoria de los autos rol C-372-2023 del Primer Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar, se declara que no se hace lugar a la medida precautoria solicitada en estos autos, dejándose, en consecuencia, sin efecto la decretada. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1346-2023 Civil
Fallo
se declara que no se hace lugar a la medida precautoria solicitada en estos autos, dejándose, en consecuencia, sin efecto la decretada. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1346-2023 Civil
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunciaron y alegaron revocando el abogado don Ricardo Yáñez Ramírez y confirmando la abogada doña Myriam González Jaque. En San Miguel, a 25 de junio de 2024, M. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, a veinticinco de junio de dos mil veinticuatro A los escritos folios N°21 y 22: téngase presente. Vistos: El mérito de los antecedentes, no encontrándose acreditado que las fac
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