JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ VICTOR IGNACIO CALDERON CARVAJAL

Rol

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo particularmente presente que en esta sede no se ha cuestionado la concurrencia de los presupuestos materiales de la medida cautelar impuesta, y que en lo referente a la necesidad de cautela, concurren en la especie diversas circunstancias que permiten estimar no solo que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la ofendida por el ilícito sino también para la seguridad de la sociedad, tales como la dinámica de los hechos, la existencia de causas anteriores en relación a la misma víctima y el hecho de encontrarse la madre del encartado al cuidado de los hijos menores de edad de éste último -lo cual se erige como una hipótesis de violencia indirecta o vicaria- no vislumbrándose medidas cautelares de menor intensidad que permitan asegurar los fines del procedimiento atendida la conducta contumaz del imputado en relación a las medidas de resguardo adoptadas en favor de su progenitora, configurándose por ende una situación de riesgo inminente a la luz del artículo 33 de la Ley N°21.675 y visto, por último, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del dieciocho de junio de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Víctor Ignacio Calderón Carvajal, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1164-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:27 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra Titular señora Gloria Negroni Vera e integrada por el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la

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