PATRICIO LYNCH MATELUNA C/ CENTRO PENITENCIARIO DE LOS ANDES
Rol
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece Graciela Mateluna González, con domicilio en el Cerro Placeres, en Valparaíso, quien recurre de amparo a favor de su hijo Patricio Eduardo Lynch Mateluna, de 41 años, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Los Andes, condenado en causa Rit 5577-2023 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, deduce recurso contra Gendarmería de Chile y pide su traslado al penal de Limache, por
Fundamentos
motivos de seguridad y de salud. Refiere que su hijo está aislado hace un mes, para proteger su vida porque ha recibido amenazas de muerte. Indica que ese día tuvo una video llamada que realizó la asistente social del penal, donde pudo ver que su hijo está en pésimas condiciones de salud, pues tiene diabetes y ha perdido todos sus dientes. Indica que hace meses no lo ve, toda vez que no puede viajar, pues tiene a su cargo a un niño con TEA, quien se descompensa con un viaje tan largo. A folio 4 se ordenó tener a la vista recurso de amparo Rol N°1243-2024. A folio 5 evacúa informe el alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Los Andes, quien precisa que el amparado fue condenado por el delito de robo con intimidación, en causa Rit 5577-2023 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, a la pena de 3 años y un dia, comenzando su cumplimiento el 27 de julio de 2023, culminando el 28 de julio de 2026, cumpliendo con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional el 28 de julio de 2025, sin contar con beneficios intrapenitenciarios ni rebaja de condena. Indica que el amparado ingresó al penal el 19 de marzo de 2024, proveniente del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Refiere que mediante Parte N°366 de 3 de mayo de 2024 de la Guardia Interna, se da cuenta que el amparado se negó a permanecer en el dormitorio N°05, ya que manifestó tener graves problemas personales con la totalidad de la población penal, por lo que pide se le derive a celdas de aislamiento a fin de resguardar su integridad física, siendo notificado que su actuar constituía una falta, quedando de manifiesto la trasgresión al o establecido en el artículo 78 letra b) del Reglamento del Establecimiento Penitenciario, por lo que fue sancionado conforme a la normativa establecida. Señala que se solicitó su traslado a la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, mediante oficio ordinario N°3052 e Informe Técnico N°114, ambos de 03 de mayo de 2024. Adjunta declaración voluntaria del interno, donde confirma lo ya señalado, e informe de salud emanado del doctor institucional de dicha unidad. A folio 10 informa la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, quien agrega a lo ya dicho que según informa la Oficina de Clasificación y Segmentación Regional, el interno presenta un alto compromiso delictual, además de reincidencia declarada, con 19 faltas graves registradas en el sistema de Gendarmería, por lo que solamente es factible su reubicación en la Unidad Penal de Quillota, no así a la Unidad Penal de Limache, por albergar está a internos de un bajo compromiso delictual y contar con menores condiciones de seguridad. A folio 12 se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que por medio del presente recurso de amparo, la madre de Patricio Lynch Mateluna, quien se encuentra recluido en el la Centro de Cumplimiento Penitenciario de los Andes, requiere su traslado al Centro penal de Limache, por cuanto su hijo se encuentra aislado en el penal
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Patricio Eduardo Lynch Mateluna, contra Gendarmería de Chile, por lo que se ordena a esta última que gestione el traslado del amparado desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Los Andes a la Unidad Penal de Quillota, en un plazo máximo de 5 días. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. No sujeto a anonimización. N°Amparo-1374-2024
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1 comparece Graciela Mateluna González, con domicilio en el Cerro Placeres, en Valparaíso, quien recurre de amparo a favor de su hijo Patricio Eduardo Lynch Mateluna, de 41 años, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Los Andes, condenado en causa Rit 5577-2023 del Juzgado de Garantía
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