PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. / ANGELA ROSAS BARRIENTOS
Rol
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintisiete de marzo del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en los autos Rol C-1373-2024. Acordada contra el voto de la ministra Sylvia Pizarro Barahona quien estuvo por revocar la referida resolución atendido que lo razonado por el sentenciador en la resolución impugnada, excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que es materia de excepciones a la ejecución, lo que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente Devuélvase. N° 748-2024- Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintisiete de marzo del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en los autos Rol C-1373-2024. Acordada contra el voto
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