JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TEMUCO

RODRIGUEZ/TRANSPORTES ELIEZER SPA

Rol

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 12 de junio de 2024, la abogada de la parte demandante Katterine Jiménez Molina, en audiencia oral, dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de misma fecha dictada por el Juzgado del Trabajo de Temuco en causa RIT T-47-2024; RUC 24-4-0553412-2, que declaró la suspensión del procedimiento, por cuanto el demandante de nacionalidad venezolana don NELSON RODRIGUEZ GUARAMATO, no ha acreditado su identidad, a fin de proceder con la gestión de patrocinio y poder respecto de la abogada que lo asiste. Se explica y sustenta el recurso, en que el demandante es de nacionalidad venezolana, no ha sido autorizado para otorgar el patrocinio y poder en estos autos, por cuanto sus documentos identificatorios de país de origen, entre ellos el pasaporte se encuentra vencido desde el 2019 y no son suficientes para el ministro de fe que autoriza dicha gestión en el Tribunal, pues según se le ha indicado los únicos documentos que son íntegros para autorizar dicho patrocinio y poder corresponden, a las cédulas de identidad Chilena otorgada a extranjeros o solicitud de regularización migratoria, documentos con los que no cuenta. Refiere además, que en razón de la crisis venezolana y por la burocracia de la misma su representado no tiene posibilidad de renovar sus credenciales identificatorias y/o pasaporte, indica a su vez que sin perjuicio de lo anterior se encuentra autodenunciado, manteniendo una tarjeta de identificación para extranjero infractor, otorgada por la PDI. Se colige que la demandante, solicita se deje sin efecto la suspensión de procedimiento, y se acoja una agencia oficiosa a fin de avanzar con el procedimiento, o lo que se determine conforme a derecho. SEGUNDO: Que esta Corte, en materia de derechos laborales que afecten a trabajadores extranjeros en situación irregular sin documentación al día, a resuelto, que dichas persona no pueden ser privados de su derecho a recurrir judicialmente por denuncias al

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y pertinentes, Art. 19 N°2 y N°16 de la Constitución Política de la República, y facultades correctivas del procedimiento contenidas en el Art. 84 del Código de procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución recurrida, y en su lugar se declara que se deja sin efecto la suspensión del procedimiento; que se autoriza la gestión de patrocinio y poder a don NELSON RODRIGUEZ GUARAMATO, venezolano en favor de la Katterine Jiménez Molina, siendo suficiente para acreditar su identidad su pasaporte vencido y tarjeta de identificación de extranjero Infractor; debiendo al efecto el Tribunal decretar a la brevedad, día y hora para la audiencia de rigor, dando curso progresivo a los autos. Regístrese y devuélvase. Redacción del Abogado Integrante Sr. Cristian Carvajal De Vicenzi. Rol N° Laboral - Cobranza-171-2024.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 12 de junio de 2024, la abogada de la parte demandante Katterine Jiménez Molina, en audiencia oral, dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de misma fecha dictada por el Juzgado del Trabajo de Temuco en causa RIT T-47-2024; RUC 24-4-0553412-2, que declaró la susp

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