SIN INFORMACION

ARIEL SERGIO DI CESARE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Carla Nicola Cañon Rubio, abogada, en representación de Ariel Sergio Di Cesare, nacionalidad argentina, cedula de identidad N° 24.143.774-4, y deduce recurso de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, a causa de la Resolución Exenta N°24214663, dictada con fecha 3 de mayo de 2024, la que rechaza la solicitud de residencia definitiva disponiendo el archivo de la solicitud de residencia definitiva. Funda su arbitrio señalado que dicha decisión del Servicio, fue manifestada de forma unilateral sin otorgarle la oportunidad al amparado de defenderse, o corroborar lo predicho, además de imponerle una medida desproporcional de archivo de la solicitud. Señala que el amparado ya ha tenido más de tres residencias temporarias consecutivas, y debido al periodo de ausencias del país, sus periodos continuos y discontinuos, le corresponde la residencia definitiva. Solicita que se deje sin efecto dicho acto administrativo terminal, y que se desarchive la residencia definitiva. A folio 4, informa la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que la persona extranjera recurre ante el Servicio Nacional de Migraciones por el archivo de su solicitud de Residencia Definitiva, sin embargo, señala que es imperioso tener presente que el archivo no corresponde a una sanción migratoria que amenace o afecte su libertad personal o su seguridad individual. Sostiene que no existe resolución ni decreto que disponga la expulsión de la amparada (sic) del territorio nacional, no es procedente establecer la existencia de acto que emane de la autoridad que pueda vulnerar, perturbar o amenazar la libertad personal y seguridad individual del amparado, puesto que no existe sanción de ninguna naturaleza que se haya adoptado en su contra. Finalmente hace presente que la recurrente no ha agotado la vía administrativa al no haber realizado solicitud alguna ante el Servicio Nacional de Migr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, según se lee en la Resolución Exenta N° 24214663 de fecha 03 de mayo de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, acompañada por la recurrente, se archivó la solicitud de residencia ingresada con fecha 08 de mayo de 2023 por la persona extranjera Ariel Sergio Di Cesare, mediante la cual solicitó permiso de residencia definitiva, toda vez que de acuerdo a lo informado por Policía Internacional, el extranjero se encuentra fuera del país desde el 09 de mayo de 2023, sin nuevos ingresos al territorio nacional. Tercero: Que, de lo antes expuesto se colige que no existe actuación ilegal por parte de la recurrida, desde que ello corresponde a un acto emanado de autoridad competente, en un caso previsto por la ley, y en el marco de las facultades que la misma normativa establece. Cuarto: Que, a mayor abundamiento, conforme a lo informado por la recurrida, el hecho de haber archivado la solicitud no acarrea ninguna sanción migratoria en contra del actor, toda vez que el extranjero afectado puede solicitar el desarchivo de su solicitud para continuar con la tramitación del beneficio migratorio al que postuló.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Ariel Sergio Di Cesare, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1398-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece Carla Nicola Cañon Rubio, abogada, en representación de Ariel Sergio Di Cesare, nacionalidad argentina, cedula de identidad N° 24.143.774-4, y deduce recurso de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, a causa de la Resolución Exenta N°24214663, dictada con fecha 3 de mayo d

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