OSPINA/OBLIGADO
Rol
Fecha
24 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Daniel Aguirre Aguirre, abogado, con domicilio en calle Balmaceda N°2455 oficina 603 de Antofagasta quien, en representación de Claudio Marcelo Castillo Barraza, chileno, divorciado, empleado y de Aura Stephania Ospina Rudas, colombiana, soltera, comerciante, ambos con domicilio en calle Travesía del Mirador N°03060 de Antofagasta, interpone recurso de protección en contra de Luis Walterio Arévalo Varas, chileno, casado, ingeniero civil; de Claudia Andrea Carboni Núñez, chilena, casada, ingeniera civil, ambos con domicilio en calle Travesía del Mirador N°03066, sector Jardines del Sur de Antofagasta y en contra de Mario Guillermo Obligado Humeres, Run 6.479.251-2, chileno, empresario industrial, soltero, con domicilio en calle Travesía del Mirador N°03063 de Antofagasta, por privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio del derecho constitucional establecido en el artículo 19, Nos 1, 4, 5 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando que los recurridos retiren las cámaras de seguridad instaladas, las cuales tienen acceso al inmueble de los recurrentes, bajo apercibimiento de multa o arresto en caso de incumplimiento. En subsidio, pide que dichas cámaras sean redireccionadas para que no tengan acceso al inmueble de los recurrentes, ya sea a su exterior o interior, bajo el mismo apercibimiento y, en fin, la adopción de cualquier otra medida que elimine todo atisbo de privación, perturbación o amenaza de los derechos y garantías constitucionales ya señaladas, condenando en costas a los recurridos. Evacuando informe, los recurridos instaron por el rechazo del recurso, con costas. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se expone en el recurso que el recurrente Castillo Barraza fue demandado de indemnización de perjuicios por los recurridos Luis Arévalo Varas y su cónyuge Claudia Carboni Núñez, proceso tramitado en causa Rol C-2496-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta, en el cual los ahora recurrentes interpusieron demanda reconvencional, también de indemnización, por el daño moral sufrido a consecuencia de las conductas de acoso y hostigamiento de las que han sido víctimas. Se explica, en lo fundamental, que Claudio Castillo y su pareja Aura Ospina adquirieron el inmueble de calle Travesía del Mirador N°03060 de Antofagasta, para vivir en un buen sector residencial de la ciudad y proporcionar a su grupo familiar, que se compone también de tres hijos menores de edad, todas las comodidades posibles. Además, en el inmueble vive temporalmente la madre de Castillo. Acusa que los recurridos Arévalo y Carboni, que habitan el inmueble colindante, han mantenido actitudes hostiles, perturbando la tranquilidad de los recurrentes e impidiéndoles en innumerables ocasiones realizar actividades sociales y familiares en su domicilio, particularmente cuando se realizan en el patio de la propiedad, equipado con televisión, quincho y piscina. Tales conductas de hostigamiento vecinal y familiar se han mantenido en el tiempo, constituyendo un acoso que se manifiesta en reiterados llamados para que Carabineros concurra al lugar y fiscalicen esas actividades. Empero, nunca han detectado alguna irregularidad ni han cursado multas o citaciones al Juzgado de Policía Local. Así sucedió también el 26 de abril de 2023, cuando solicitaron sin motivo la presencia policial, sólo porque no toleran tenerlos como vecinos. Ese día, Castillo y su pareja llegaron a su casa aproximadamente a las 23:00 horas y encendieron la televisión con volumen moderado. Personal de Carabineros ingresó al domicilio y sin advertir irregularidades, se retiró, debiendo volver en otras dos ocasiones a requerimiento de los recurridos. Aseguran los recurrentes no haber realizado fiestas hasta altas horas de la noche o madrugada, con música a alto volumen o ruidos molestos que puedan perturbar la tranquilidad de los vecinos. Expresa que las conductas de acoso y discriminación han sido corroboradas porque los recurrentes no han sido incorporados al grupo de WhatsApp de los vecinos del sector, quienes estigmatizan a Aura Ospina por tener nacionalidad colombiana. Además, los recurridos han realizado diversas denuncias ante Carabineros, Fiscalía Local, la Dirección de Obras Municipales y Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Antofagasta, las que detalla, siendo todas rechazadas. Asimismo, asegura que Arévalo y Carboni han instalado cámaras de vigilancia en su domicilio, en la parte delantera y trasera del inmueble, vulnerando su privacidad y la de su grupo familiar y violando flagrantemente el derecho a la intimidad e inviolabilidad del hogar, pues las cámara
Fallo
por tanto relativamente seguro, desde hace varios años a la fecha se han venido produciendo hechos delictivos que amenazan la seguridad de sus habitantes como la de sus bienes, lo que ha obligado a los residentes a reforzar medidas de seguridad instalando cercos eléctricos, alarmas, sensores luminosos y cámaras de vigilancia. Añade que en octubre de 2017 instaló en su casa cámaras de seguridad que se orientan hacia el exterior e interior del inmueble, haciendo presente que las cámaras que apuntan hacia el exterior lo hacen hacia la calle Travesía del Mirador. Explica que como prueba de la eficacia de estas medidas de seguridad, con fecha 2 de mayo de 2024 las cámaras instaladas en su domicilio captaron a las 2:30 horas de la madrugada como dos sujetos con sus rostros cubiertos merodearon en las viviendas de Luis Arévalo (Travesía del Mirador N°03066) y luego en la de Mario Obligado, incluso grabando con un celular los vehículos de su propiedad intentando ingresar a través de lo que parece ser una ganzúa, por lo que las cámaras de vigilancia instaladas por don Mario Obligado en su domicilio en el año 2017 son muy anteriores incluso a la fecha en que el recurrente adquirió su propiedad, esto es, junio de 2021. Además, el propio recurrente Castillo Barraza tiene instalados en su propiedad sendos elementos de seguridad, donde destaca una cámara tipo domo o de 360 grados con un margen de operación muy superior a las de los recurridos y que además está instalada en una altura supe
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Antofagasta, a veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de Daniel Aguirre Aguirre, abogado, con domicilio en calle Balmaceda N°2455 oficina 603 de Antofagasta quien, en representación de Claudio Marcelo Castillo Barraza, chileno, divorciado, empleado y de Aura Stephania Ospina Rudas, colombiana, soltera, comerciante, ambos con domicilio en calle Travesía del Mirador
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