SIN INFORMACION

PERDOMO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio N°1, con fecha 13 de junio de 2024, el Instituto Nacional de Derechos Humanos interpone acción constitucional de amparo en favor de Alexander Perdomo Carrizo, 28 años, cédula de identidad venezolana N° 28.299.763, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta Nº4203-2020, de fecha 27 de noviembre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá que ordena su expulsión del país. Explica haber ingresado a Chile, junto a su pareja, en octubre de 2020 y por un paso no habilitado, estableciéndose en la comuna de Quilpué por razones laborales. Refiere que el 05 de diciembre de 2023, le notifican la Resolución Exenta N° 4203, de 27 de noviembre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá, que ordenó su expulsión del territorio nacional, la que contiene como

Fundamentos

fundamentos el haber ingresado al país por paso no habilitado. Señala que actualmente convive con su pareja, también de nacionalidad venezolana, quien se encuentra con su situación migratoria en regularización; tiene contrato de trabajo indefinido desde el mes de agosto de 2023, desempeñándose como auxiliar de aseo en una empresa ubicada en la ciudad de Villa Alemana; tiene certificado de pago al día de sus cotizaciones y cuenta con certificado de residencia, además de inscripción en el CESFAM de Quilpué. Todo lo anterior, da cuenta de un arraigo familiar, laboral y social con nuestro país. Hace presente que, respecto de su conviviente, se acogió la acción de amparo interpuesta ante esta misma Corte en causa ROL-2865-2023, con fecha 29 de diciembre de 2023, la cual impugnó la misma Resolución Exenta 4187-2020 de 27 de noviembre de 2020 de la Intendencia Regional de Tarapacá, que dictaminó la expulsión, notificada con la misma fecha, esto es, el 05 de diciembre de 2023, argumentándose similares antecedentes, ya que ambos se encuentran en las mismas circunstancias de migrantes en nuestro país, ingresando conjuntamente y manteniendo su convivencia hasta la actualidad. Ilustra que, respecto de la detención de Alexander Perdomo, ésta se produjo el día de hoy y fue practicada por la Policía de Investigaciones (PDI), en su domicilio en Quilpué, siendo trasladado hasta el Cuartel de calle Uruguay en Valparaíso, desconociéndose su paradero. Señala que, conforme al inciso final del artículo 69 del decreto Ley N° 1.094, de 1975, del Ministerio del Interior, que establece normas sobre extranjeros en Chile, la autoridad carecía de facultades para dictar una orden de expulsión por ingreso clandestino sin que, previamente, exista una condena por ese motivo en sede penal. Argumenta que el acto carece de motivación y fue dictado con infracción al principio de contradictoriedad y al derecho a formular alegaciones y presentar documentos, establecidos respectivamente en los artículos 10 y 17 letra f) de la ley N° 19.880; transgrede las garantías del debido proceso Pide en definitiva: 1. Que se declare la ilegalidad y, en consecuencia, se deje sin efecto la Resolución Exenta Nº4203-2020, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá con fecha 27 de noviembre de 2020 y notificada con fecha 05 de diciembre de 2023, a fin de salvaguardar y tutelar judicialmente la libertad personal de la persona amparada. 2. Que se declare perturbado y amenazado el derecho constitucional a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. 3. Que se impartan instrucciones a la autoridad competente, a fin de que sus protocolos de actuación se adecuen a lo establecido en las leyes, en la Constitución Política de la República y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile que se encuentran vigentes. 4. Que se ordene a la autoridad administrativa competente regularizar la situación migratoria del amparado, n

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Alexander Perdomo Carrizo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se ordena dejar sin efecto la Resolución Exenta Nº4203-2020, de fecha 27 de noviembre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá que ordena su expulsión y decreta prohibición de ingreso al país. Acordada con el voto en contra del Sr. Elorriaga, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo por no advertirse ilegalidad en el acto dictado por la Intendencia Regional de Tarapacá; además de haber sido resuelta la controversia en causa de Amparo N°250-2024 y por el hecho haberse materializado la expulsión, conforme da cuenta la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1364-2024.-

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio N°1, con fecha 13 de junio de 2024, el Instituto Nacional de Derechos Humanos interpone acción constitucional de amparo en favor de Alexander Perdomo Carrizo, 28 años, cédula de identidad venezolana N° 28.299.763, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exent

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