M.P C/ MICHAEL RAMIREZ
Rol
Fecha
22 de junio de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que del mérito de lo expuesto en la audiencia resulta que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Michael Ramírez, y que a su vez, se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por el cual fue formalizada la investigación. En cuanto a la necesidad de cautela de la letra c) de la norma legal mencionada, atendida la pena asignada a los ilícitos, la pluralidad de delitos, las circunstancias de comisión, la cantidad y diversidad de droga incautada y los bienes jurídicos afectados, se concluye que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Y visto además lo dispuesto en los artículos 140 y 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de junio de dos mil veinticuatro, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Michael Ramírez. Devuélvase. N° 2350-2024-Penal
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San Miguel, veintidós de junio de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 2350-2024-Penal Ruc: 2400543606-7 Rit: 1763-2024 12° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Enrique Cossio Vásquez Ministerio Público: Maria Natalia Soto Sepúlveda Defensor: Luis Madariaga Mendoza Imputado: MICHAEL RAMIREZ Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, veintidós de junio de dos mil
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