MAGA SERVICIOS SPA/1º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, el 28 de octubre de dos mil 2023, comparece Luis Bordones Castro, abogado, por la demandada en causa Ingreso ROL N° C-2945-2023, del Primer Juzgado Civil de la Serena, caratulado “SCOTIABANK CHILE con MAGA SERVICIOS SPA”, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de resolución de 23 de octubre, que rechaza reposición y deniega la concesión del recurso de apelación subsidiario, deducido en contra de la resolución de 27 de septiembre de 2023. Funda su recurso indicando que por resolución de 27 de septiembre de 2023, proveyendo su escrito de oposición de excepciones se le ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N°18.120, dentro de tercer día hábil, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado para todos los efectos legales, resolución de la cual no tomó conocimiento por no haberse notificado por estado diario, y tampoco en la opción de Consulta Unificada de dicha Oficina Judicial Virtual, enterándose recién del apercibimiento el 01 de octubre de 2023. Añade que solicitó la nulidad de lo obrado, fundado a su parte no se le fue notificada esa resolución, agregando que el 14 de septiembre de 2023 concurrió al tribunal e hizo presente que la causa no era visible, indicándole la señora secretaria que eso acontecería en un par de días, lo que solo ocurrió el 02 de octubre de 2023, donde se percató que se había dictado una resolución el 27 de septiembre del mismo año, la que tampoco le fue notificada conforme a derecho. Alega que la resolución de 27 de septiembre de 2023 es errónea, por cuanto constituyó poder en forma legal, lo que se efectuó por cuanto el mandato cuenta con firma electrónica avanzada, por lo que la resolución dictada vulnera lo dispuesto en el artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, al no fallar conforme al mérito del proceso. Menciona que la reposición plateada es un medio indirecto para alegar la nulidad procesal del acto que le acarreo un perjuicio, reite
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, y artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 2 de la ley 18.120, se resuelve que, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido en contra de la resolución 23 de octubre de 2023, folio 12, del cuaderno principal, por el abogado LUIS BORDONES CASTRO. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº1696-2023 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Maga Servicios S.p.A Primer Juzgado de Letras de La Serena Recurso de hecho Rol N° 1696-2023.- La Serena, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, el 28 de octubre de dos mil 2023, comparece Luis Bordones Castro, abogado, por la demandada en causa Ingreso ROL N° C-2945-2023, del Primer Juzgado Civil de la Serena, caratulado “SCOTIABANK CHILE c
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