ZIEHLMANN/VELÁSQUEZ
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y teniendo presente que el artículo 8 N°2 de la Ley N°18.101 dispone en lo pertinente que “Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 44 del mismo Código, se presumirá de pleno derecho como domicilio del demandado el que corresponda al inmueble arrendado”, de manera que esta norma tiene un ámbito de aplicación limitado a la notificación de la demanda y,
Fundamentos
considerando además lo certificado a folio 21 por el receptor judicial, se confirma la resolución de fecha cinco de abril de dos mil veinticuatro, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Letras de Puerto Varas, doña Lorena Nancy Lemunao Aguilar, que no hizo lugar a la solicitud del actor de folio 31. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con permiso. Devuélvase. Rol Civil N°530-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes y teniendo presente que el artículo 8 N°2 de la Ley N°18.101 dispone en lo pertinente que “Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 44 del mismo Código, se presumirá de pleno derecho como domicilio del demandado el que corresponda al inmueble arrendado”, de manera que esta norma tiene un ámbito
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica