GALLARDO ALFARO, GRACIELA/
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
REVOCADA/ACOGIDA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada datada el siete de junio de dos mil veintitrés, con excepciones de sus
Fundamentos
motivos quinto y sexto, los que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, por decisión de siete de junio de dos mil veintitrés, dictada por la Jueza(s) del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, doña Doris Molina Palma, en los antecedentes voluntarios Rol V-4-2023, caratulados “Gallardo Alfaro, Graciela”, resuelve: “Que SE RECHAZA, sin costas, el reclamo interpuesto en lo principal de la presentación de fecha 17 de enero de 2023, folio 1, por haberse establecido que la negativa a practicar la inscripción ordenada por la sentencia dictada fecha 14 de marzo de 2022, en causa Rol C-655-2021 por el Segundo Juzgado de Letras de La Serena, por parte de la señora Conservadora de Bienes Raíces Titular de Combarbalá, se ajusta a derecho”. (sic) SEGUNDO: Que, en contra de la decisión contenida en el
Fallo
fallo referido se alzó la solicitante, doña Graciela Gallardo Alfaro, representada por su abogada doña Angelica Inés Debia Araya, pidiendo que se revoque el fallo en alzada y en su lugar se acoja la reclamación, ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá restablecer la anotación de adjudicación del derecho comunero, al margen de la nómina de comuneros de la Comunidad Agrícola “Manquehua” agregada al Registro de Propiedad bajo el Nº9 del año 1978, a nombre de la reclamante. TERCERO: Que, la sentencia apelada fundó el rechazo de la reclamación planteada por la reclamante en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces a restablecer la adjudicación de su derecho de comunera en la Comunidad Agrícola de “Manquehua”, en que la sentencia de 14 de marzo de 2022, dictada en causa Rol C-655-2021, del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, sólo ordenó al Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá restablecer la anotación de adjudicación del derecho comunero de doña Graciela Gallardo Alfaro, anotada al margen de la nómina de comuneros de la Comunidad Agrícola “Manquehua”, agregada en el Registro de Propiedad bajo el N°9 del año 1978, respecto de la transmisión del derecho de doña Ester Alfaro Araya, que figura con el N°70 de la nómina de comuneros, mas no el restablecimiento de la adjudicación a nombre de la reclamante, doña Graciela Gallardo Alfaro, respecto del goce singular o inmueble correspondiente a la Hijuela 141, inscrito a fojas 142 bajo el número 22 del
Texto Completo (Preview)
Gallardo Alfaro, Graciela Reclamo Negativa Conservados de Bienes Raíces Civil- Apelación Sentencia Definitiva Rol I.C. Nº975-2023 (Rol V-4-2023 del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá) La Serena, a veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada datada el siete de junio de dos mil veintitrés, con excepciones de sus motivos quinto y sexto, los que se e
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