GUYTO ST HUBERT / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de Guyto St. Hubert, haitiano, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por vulnerar la garantía establecida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, por omisión, al negarle la posibilidad de descargar el estampado electrónico y, consecuentemente obtener su cédula de identidad, como forma de demostrar su situación migratoria regular frente a terceros, y trasladarse nacional e internacionalmente sin complicaciones. Indica que el recurrido si bien rechazó su solicitud de residencia definitiva, le otorgó residencia temporal, la que no ha podido materializar a la fecha, ya que el sistema computacional del Servicio no emite el estampado electrónico, por lo que no puede obtener cédula de identidad. Denuncia que habiendo asistido a la oficina del Servicio, no ha sido atendido y, que habiendo concluido el proceso mediante acto terminal, no es posible obtener ampliación de la residencia definitiva en trámite, impidiéndole demostrar que está en forma legal en el país y realizar trámites, de conformidad con el artículo 1° N° 25 y 43 de la Ley N° 21.325. Hace presente que la acción dejará de tener mérito si el recurrido habilita o permite lo solicitado, voluntariamente y de acuerdo a las resoluciones ya emitidas, situación que posiblemente no ha ocurrido por un error de sistema. Argumenta que la omisión que lo afecta es ilegal, al no permitirle descargar el estampado habiendo transcurrido varios días o meses desde la resolución, lo que normalmente no ocurre a migrantes en situaciones iguales. Previas citas legales, solicita que se acoja la acción, ordenando al recurrido emitir el Estampado Electrónico de residencia temporal de su representado, o habilitando el sistema informático para ese fin. Segundo: Que informó Paula Díaz Miranda, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando e
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en nombre de Guyto St. Hubert, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1655-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de Guyto St. Hubert, haitiano, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por vulnerar la garantía establecida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la Repúbl
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