BECKER/MUNICIPALIDAD OSORNO
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada dictada con fecha doce de febrero de dos mil veintitrés, escrita a fs. 111 y siguientes en los autos Rol N°6176-2023, del 1° del Juzgado de Policía Local de Osorno, con excepción de sus
Fundamentos
considerandos noveno a duodécimo, que se eliminan. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, conforme los antecedentes que constan en la presente causa, la demandada desarrollaba exclusivamente actividades primarias o extractivas, sin que en su explotación mediase algún proceso de elaboración de productos. SEGUNDO: Que el giro o actividad de la denunciada se refiere a actividades primarias, particularmente agrícolas, las que pueden generar el pago de patente municipal, en la medida que “…los productos que se obtengan de esta clase de actividades primarias, se vendan directamente por los productores, en locales, puestos, kioscos o en cualquiera otra forma que permita su expendio también directamente al público o a cualquier comprador en general, no obstante que se realice en el mismo predio, paraje o lugar de donde se extraen, y aunque no constituyan actos de comercio los que se ejecuten para efectuar ese expendio directo. (inciso 2°, parte 2°, del artículo 23 del Decreto Ley N°3063); pero tales circunstancias no han resultado acreditadas, más aún, considerando que el denunciado hace años que no realiza las actividades del giro extractivo. TERCERO: Por esta razón, al no estar acreditado que el demandado realice actualmente actividades primarias o extractivas, en los términos que autoriza el inciso 2° del artículo 23 del Decreto Ley N°3063, no se configura el hecho gravado previsto en el citado artículo. Y visto lo dispuesto en los arts. 32 a 36 de la Ley 18.287: Se REVOCA la sentencia apelada de doce de febrero de dos mil veintitrés, escrita a fs. 111 y siguientes en los autos Rol N°6176-2023, del 1° del Juzgado de Policía Local de Osorno, y, en su lugar se dispone: Que se ABSUELVE a la demandada “Fernando Federico Becker Melo” de la denuncia interpuesta por el Departamento de Rentas y Patentes de la Ilustre Municipalidad de Osorno, efectuada conforme acta N°253-2023, de siete de agosto de 2023. No se condena en costas por haber habido motivo plausible para litigar. Regístrese y comuníquese. Redactada por el Ministro (S) don Carlos Acosta Villegas. N° Policia Local-42-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada dictada con fecha doce de febrero de dos mil veintitrés, escrita a fs. 111 y siguientes en los autos Rol N°6176-2023, del 1° del Juzgado de Policía Local de Osorno, con excepción de sus considerandos noveno a duodécimo, que se eliminan. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, co
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