ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE III S.A/JDO. DE LETRAS DEL TRABAJO DE OSORNO
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1. A folio 1 Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A., ejecutante en autos rol P-997-2019, seguida contra la sucesión de José Prambs Alarcón ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, dedujo recurso de hecho contra la resolución de 8 de mayo de 2024 que negó lugar a la apelación subsidiaria interpuesta por dicha parte en atención a la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322. Indicó que por resolución de 6 de mayo de 2024 el Tribunal a quo negó lugar al arresto solicitado en contra del deudor de autos al no constar el retiro del vehículo embargado en autos, ocurriendo que respecto de tal resolución dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, haciendo presente el error del tribunal ya que el mismo bien que se encuentra embargado en autos, lo está en causa Rit P-1066-2020 del mismo tribunal, en la cual se intentó su retiro con fecha 15 de diciembre de 2023, el que resultó frustrado ya que, conforme al estampado del receptor, el bien no se encontraba en el domicilio del deudor y consultados vecinos del sector, éstos afirmaron que no habían visto el vehículo en el inmueble. Agregó que con fecha 8 de mayo de 2024 en curso el tribunal a quo resolvió rechazar ambos recursos en los siguientes términos: “A lo principal: teniendo presente que a folio 151, la parte demandante señaló bien para la traba de embargo y aún no se ha embargado dicho vehículo, no ha lugar a la reposición solicitada. Al otrosí: atendida la naturaleza de la resolución recurrida y lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 17.322, no ha lugar a la apelación subsidiaria solicitada por improcedente.”, lo cual, estima, es errado pues respecto de la resolución apelada procede el recurso de apelación de conformidad a lo dispuesto en el art. 12 de la ley señalada, norma que es una excepción a la restricción recursiva y autoriza la apelación respecto de la resolución que revoca, deja sin efecto o no da lugar al arresto, como es el caso de autos. Pide se declare procedente el recurso de apelación y se conceda en ambos efectos. 2. A folio 4 informó doña María Isabel Palacios Vicencio, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, quien indicó que para resolver del modo que lo hizo tuvo presente lo resuelto por esta Corte en causa rol Laboral-Cobranza N° 250-2022 en la que se declaró inadmisible el recurso de apelación previamente concedido por el tribunal a quo por una resolución de idéntica naturaleza en los autos RIT P-800-2012, de ingreso de dicho Tribunal. 3. Que en la especie estamos frente a lo que doctrinariamente se conoce como verdadero recurso de hecho, esto es, aquél contemplado por el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil para aquellos casos en que un tribunal deniega un recurso de apelación que el recurrente estima que debió concederse, declaración esta última que se solicita al superior jerárquico del primero. 4. Que, primeramente, cabe consignar que l
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil y Ley 17.322; Se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A. contra la resolución de 8 de mayo de 2024 que negó lugar a la apelación subsidiaria interpuesta por dicha parte contra una resolución de 6 de mayo de 2024. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 127-2024 Laboral-Cobranza.
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1. A folio 1 Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A., ejecutante en autos rol P-997-2019, seguida contra la sucesión de José Prambs Alarcón ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, dedujo recurso de hecho contra la resolución de 8 de mayo de 2024 que negó lugar a la apelación subsidi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica