SIN INFORMACION

VARGAS/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

21 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Carolina De La Hoz Hernández, abogada, en beneficio y en nombre de Claudia Alexia Vargas Castro, e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada legalmente por Claudio Reyes Barrientos, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución Exenta N° R-01-IBS-165197-2023 de 15 diciembre de 2023 que confirma el rechazo del pago de licencias médicas válidamente emitidas por médico tratante (Nº13869794-0, N°14171020-6, N°14516643-8 y N°14655398-2). Señala que la recurrente presenta un diagnóstico médico de “Trastorno de estrés postraumático secundario a grave enfermedad oncológica de su esposo, de pronóstico reservado y en fase de metastización generalizada, con reciente descubrimiento de metastasis ósea litica en la pierna, de muy mal pronóstico”. Indica que ello la llevo una intervención integral entre tratamiento psiquiátrico, psicológico y farmacológico, no obstante lo cual tuvo una mejoría sustancial en su cuadro clínico a raíz de que la situación de salud de su esposo fue empeorando cada vez más, según detalla informe médico emitido por su psiquiatra, por el periodo comprendido entre febrero de 2023 a noviembre de 2023. Precisa que se le extendieron tres licencias, las Nº13869794-0, N°14171020-6, N°14516643-8, por un total de 75 días a contar del 25 de febrero de 2023, y una cuarta, la N°14655398-2, por un total de 21 días, todas las cuales fueron rechazadas por Isapre Consalud S.A. por reposo no justificado. Estima que la Resolución recurrida de la SUSESO constituye un acto ilegal y arbitrario desde que sólo se limita a indicar que el reposo no estaría justificado sin dar ningún fundamento de cómo fue que arribó a dicha conclusión sin más que agregar que “el reposo ya autorizado de 201 días, se considera suficiente para la resolución del cuadro clínico y su reintegro laboral, de acuerdo a los antecedentes médicos tenidos a la vista”. Considera que ambas decisiones fueron dictadas, prescindiendo de las conclusiones del médico tratante y, lo que es más grave, sin indicar las razones o fundamentos por los que los mencionados informes no le permiten establecer la incapacidad laboral, es decir, sin dar razón y fundamento de su decisión, lo que – inevitablemente – las hacen devenir en arbitrarias. Añade que no consta que el referido órgano haya accedido a algún análisis o examen del estado de salud de la recurrente, desde que la COMPIN, en su oportunidad, no ejecutó ninguna de las acciones que prescribe el artículo 21 del Decreto Supremo Nº3 del 4 de enero de 1984, del Ministerio de Salud (nuevos exámenes, interconsultas, informes complementarios, visitas domiciliarias, entre otros). Hace presente que artículo 16 del referido Decreto Supremo, establece que “La Compin, la Unidad de Licencias Médicas o la Isapre, en su caso, podrán rechazar o aprobar las licencias médicas; reducir o ampliar el período de reposo solicitado o cambiarlo de total

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido por Carolina de la Hoz Hernández, abogada, en favor de Claudia Alexia Vargas Castro, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la Ministra señora Gutiérrez. N°Protección-247-2024. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear e integrada por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por la Abogada Integrante señora Renée Rivero Hurtado.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Carolina De La Hoz Hernández, abogada, en beneficio y en nombre de Claudia Alexia Vargas Castro, e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada legalmente por Claudio Reyes Barrientos, por el acto arbitrario e ilegal co

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