JUZGADO DE GARANTIA DE RIO NEGRO

MP C/ SEBASTIAN EMILIO RIVERA RIVERA

Rol

Fecha

21 de junio de 2024

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se REVOCA la resolución apelada de doce de junio de dos mil veinticuatro y en su lugar se sustituye el arresto domiciliario por las medidas cautelares de prohibición de acercase a la comuna de Purranque, firma semanal ante Carabineros del domicilio señalado por el imputado y prohibición de acercarse a la víctima y comunicarse con ella. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 971-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la actual medida cautelar por la de firma mensual. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Únicamente la defensa hace uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se REVOCA la resolución apelada de doce de junio de dos mil veinticuatro y en su lugar se sustituye el arresto domiciliario por las medidas cautelares de prohibición de acercase a la comuna de Purranque, firma semanal ante Carabineros del domicilio señalado por el imputado y prohibición de acercarse a la víctima y comunicarse con ella. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 971-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RIT 138-2024, RUC 2400171912-9, ROL CORTE N° PENAL- 971-2024 Siendo las 9.28 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Presidenta de

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