PRIMUS CAPITAL S.A./OSSA
Rol
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante el diecinueve de abril del año en curso, folio número 96, contra lo pertinente de la resolución de nueve de febrero de dos mil veinticuatro, folio número 37. Regístrese y devuélvase. N°Civil-7278-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante el diecinueve de abril del año en curso, folio número 96, contra lo pertinente de la resolución de nueve de febrero de dos mil veinticuatro, folio número 37. Regístrese y devuélvase. N°Civil-7278-2024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Al folio N° 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser
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