ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Pedro Cristóbal Ibarra Sánchez, en contra de la resolución de fecha tres de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 18 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-396-2024.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Pedro Cristóbal Ibarra Sánchez, en contra de la resolución de fecha tres de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 18 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-396-2024.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Pedro Cristóbal Ibarra Sánchez, en contra de la resolución de fecha tres de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 18 en el exped
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